Sociedad

Puno: Poder Judicial sancionó a sujeto con orientar sobre el uso correcto de la mascarilla

Era sospechoso del delito de lesiones culposas, pero se acogió al principio de oportunidad. Deberá recorrer calles de la ciudad de Puno enseñando el uso correcto de la mascarilla y a respetar el distanciamiento social.

Sujeto se acogió al principio de oportunidad. Foto: Corte de Justicia de Puno.
Sujeto se acogió al principio de oportunidad. Foto: Corte de Justicia de Puno.

En medio del estado de emergencia por el coronavirus, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Puno sancionó a un imputado a realizar orientación a la población de Puno sobre el correcto uso del barbijo y cumplir con el distanciamiento social.

Esta medida fue dictada a José William Bautista Pauro, luego que se acogiera al proceso especial de principio de oportunidad, una salida alternativa que ofrece el Código Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de lesiones culposas graves.

El inculpado reconoció las imputaciones, por lo que el magistrado Edson Jáuregui ordenó que cumpla con orientar a los transeúntes que circulen entre las vías del jirón Lima con el jirón Grau de la ciudad de Puno. Esto será por el lapso de tres días desde las 11.00 hasta las 13.00 horas. Una vez cumplida la sanción impuesta, esta deberá ser debidamente acreditada.

Asimismo, el imputado debió cancelar el monto de la reparación civil, consistente en la suma de S/ 3.500, a favor de la parte agraviada.

Principio de oportunidad

Cabe precisar que el principio de oportunidad es un instrumento legal que faculta al fiscal, en los casos previstos en la norma y con el consentimiento del imputado, abstenerse de ejercitar la acción penal. Todo ello sin perjuicio de procurar satisfacer los intereses del agraviado.

En tanto, el acuerdo reparatorio es una herramienta procesal donde el fiscal, de oficio o a pedido del imputado o de la víctima, proponen un acuerdo. En este caso el fiscal se abstendrá de ejercitar la acción penal.

Atención remota

Los juzgados de emergencia entraron en funcionamiento, mientras que el resto de órganos jurisdiccionales continúan con sus labores en forma remota para expedir sentencias, actuaciones en procesos pendientes, realización de audiencias virtuales, entre otros que requieran atención.