Más de 80,000 personas con discapacidad severa no deben pagar pasaje en transporte público
Conadis capacita constantemente a choferes y cobradores de las empresas de transporte público.
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Siempre y cuando una persona con discapacidad severa se transporte en un vehículo que circule en su misma provincia no deberá cobrársele pasaje, según el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP).
Tienen acceso a este beneficio las 80 987 personas inscritas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis). La Ley N° 30412 indica que estos ciudadanos deben tener un carné de color amarillo que deberán mostrar cuando utilicen el servicio de transporte público.
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Hugo Reyes, especialista en temas de discapacidad del Conadis, comunicó que la entidad a la que representa realiza constantes capacitaciones a choferes y cobradores de las empresas de transporte público urbano e interurbano para informarles las normas vigentes al respecto.
Del total de personas con discapacidad, 46 759 son hombres y 34 228 son mujeres. Según la norma, la multa que recibe una empresa de transporte que se niega a trasladar a un pasajero con discapacidad severa es de 840 soles y cinco días de suspensión de circulación de la ruta.
La norma no aplica para viajes interprovinciales, excepto los que se realizan de Lima a Callao. En ella se indica que la discapacidad severa genera dependencia de otra persona (absoluta o casi absoluta) para realizar actividades de la vida diaria como alimentarse, vestirse, asearse o trasladarse.

































