Gobierno esperará informes técnicos para analizar si deroga ley que limita la colaboración eficaz
Mientras se prolonga el silencio de Dina Boluarte ante ley que limita la colaboración eficaz, Alberto Otárola señala que será decisiva opinión del Ministerio de Justicia.
El último lunes 3 de julio, ingresó a Mesa de Partes de la Presidencia de la República la autógrafa de ley que establece límites a la colaboración eficaz como mecanismo de la Fiscalía de la Nación para encarar las investigaciones frente a casos de corrupción. A pesar de las críticas emitidas por expertos y exprocuradores del Estado, el Gobierno de Dina Bolaurte viene guardando silencio en torno a si se derogará la cuestionada iniciativa.
Al respecto, el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, adelantó que realizarán una evaluación con “madurez” para decidir si observan o no polémica ley. Por ello, el Ejecutivo esperará los informes técnicos correspondientes, en especial el del Ministerio de Justicia.
"El día lunes ha ingresado oficialmente a la Mesa de Partes la autógrafa de ley sobre la colaboración eficaz. Según la Constitución, tenemos 15 días hábiles de plazo para estudiar esta norma y expresar lo conveniente. En su momento, con los informes técnicos, sobre todo del Ministerio de Justicia, se dará una respuesta oportuna y una posición sobre este tema tan complejo", dijo.
En tanto, Alberto Otárola se mostró a favor de que los procesos de colaboración eficaz sí tengan un plazo: “A mí, desde el primer año de Derecho, me dijeron que en todo procedimiento, sobre todo procesal penal, tiene que existir un plazo. Ninguna actuación fiscal ni procesal ni civil ni laboral puede ser a la eternidad. Entonces se trata de ver este tema con la madurez suficiente para mejorar siempre los procesos, sobre todo los que se refieren a la investigación sobre actos de corrupción”.
Cambios a la colaboración eficaz
Entre las principales notificaciones que se plantean, se destaca que los procesos de colaboración eficaz tendrán ahora un tiempo límite de ocho meses; antes eran ilimitados, con un plazo de prórroga de cuatro meses, y de ocho meses si se trata de un caso de crimen organizado. También se dispone que, quien se acoja a la colaboración eficaz, se le denominará “aspirante” y ya no “colaborador”.
Otros dos cambios establecidos es que, quien quiera acogerse a la colaboración eficaz, deberá presentarse desde el principio con un abogado y su manifestación se registrará en video, lo cual podría desalentar a que investigados se animen a ir por este camino.
Por otro lado, se advierte que fiscales que no protejan la reserva del proceso de colaboración son pasibles de sanciones administrativas, civiles y penales.