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Política

Harold Forsyth: Cargo de Boluarte ya no sería constitucional al publicarse ley para la presidencia remota

El exrepresentante del Perú ante la OEA declaró que la aprobación y promulgación de la ley de Dina Boluarte representa una violación a la constitución, y que el pueblo tendría el derecho de rebelarse en defensa del orden constitucional.

Según el especialista, “lo que habría que hacer es simplemente proceder al cambio del artículo pertinente de la Constitución, pero no a través de una ley”. Foto: composición Fabrizio Oviedo/La República -Video: Exitosa Noticias
Según el especialista, “lo que habría que hacer es simplemente proceder al cambio del artículo pertinente de la Constitución, pero no a través de una ley”. Foto: composición Fabrizio Oviedo/La República -Video: Exitosa Noticias

El exembajador del Perú en Washington y representante en la Organización de Estados Americanos (OEA), Harold Forsyth, dijo estar “horrorizado” por la aprobación de la ley 4985, la cual inserta un apartado a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (ley 29158), que permite a la jefa de Estado hacer uso de la gestión de manera remota, cuando se encuentre en el extranjero y no exista vicepresidentes. “A partir del momento en que se publique esta ley, la señora Boluarte pierde su condición de presidenta constitucional de la República. Eso es un hecho, no depende de mí, no depende de nadie”, advirtió el diplomático.

Forsyth explicó que la Constitución Política dice que en ausencia del presidente, asume el mando interinamente el primer vicepresidente o el segundo vicepresidente; sin embargo, no prevé qué hacer en el caso específico de que no haya vicepresidentes.

Según el especialista, “lo que habría que hacer es simplemente proceder al cambio del artículo pertinente de la Constitución, pero no a través de una ley”. “Una ley se cambia con otra, pero lo que no puede ocurrir es que una ley cambie la Constitución porque ese proceder es inconstitucional, y constituye un hecho criminal y punible”, agregó.

“Entonces lo que se ha hecho es ciertamente violatorio de la Constitución y, de acuerdo con el artículo 46 de la Carta Magna, el pueblo tiene derecho a insurgir en nombre del orden constitucional, a partir del momento en que se publique esta ley”, detalló Forsyth.

“La ley es un violación abierta al texto constitucional, ni Fujimori lo ha hecho”

Para el exembajador, la ley es inconstitucional, viaje o no viaje, desde “el instante en que se promulgue y se publica en El Peruano”.

Sería una ley de la República promulgada, en violación abierta al texto constitucional, y esto no lo ha hecho ni Fujimori y no recuerdo a nadie que haya hecho, en la historia reciente del Perú, una violación constitucional tan flagrante, salvo naturalmente el autogolpe de cinco de abril de 1992”, resaltó Harold Forsyth.

“El Tribunal Constitucional debería intervenir”

Para el exrepresentante del Perú en la OEA “no se necesita ser jurista” para ver la inconstitucionalidad de la ley de Dina Boluarte. “Pero juristas calificados como Enrique Ghersi o Natale Amprimo se han expresado en ese sentido, y que no tienen nada que ver con caviarada, ni con izquierda, más bien todo lo contrario”, advirtió.

Debido a esta razón, el experto afirmó que el Tribunal Constitucional debería intervenir. Sin embargo, incluso si esto no ocurre, "el problema sigue existiendo" porque "en el Perú, tarde o temprano, esto se convertirá en un tema legalmente imputable en relación con los responsables directos".

Alberto Otarola ha dicho en Europa que todo en el Perú está pacificado, que todo el Perú está tranquilo, pero el hecho de que se viole la Constitución es algo sumamente grave que abre al Perú una perspectiva bastante oscura. Creo que el Gobierno, si se promulga esta ley, habrá cruzado el rubicón (que ya no hay vuelta atrás)”, recalcó.

Periodista sanmarquina. Ha redactado para prensa escrita y medios digitales. Interesada en derechos humanos, cultura pública y educación. Si existe periodismo honesto, mantiene la fe. Sus máximos referentes; César Lévano y Luciano Miral.