Política

Rafael López Aliaga no declaró empresa Perú Desarrollo Inmobiliarios, socia de Peruval Corp. S.A

El informe de fiscalización del JEE Lima Centro 1 concluyó que López Aliaga no consignó en su hoja de vida ser socio fundador de Perú Desarrollos Inmobiliarios S.A.-Pedein S.A. Según el registro de Sunat, PERUVAL CORP S.A figura como el representante legal de esa empresa y López Aliaga como gerente general de esta última. El candidato presidencial de Renovación Popular podría ser sancionado con hasta 10 UIT.

Rafael López Aliaga podría enfrentar una multa de hasta 10 UIT. Foto: Composición/LR
Rafael López Aliaga podría enfrentar una multa de hasta 10 UIT. Foto: Composición/LR

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 emitió un informe de fiscalización en el que concluye que el candidato presidencial de Renovación Popular, Rafael López Aliaga, habría ocultado información en su hoja de vida por ser socio fundador de la empresa Perú Desarrollos Inmobiliarios S.A.- Pedein S.A, que suscribió con 1 acción.

De acuerdo con el registro de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), Peruval Corp S.A. figura como el representante legal de la empresa Perú Desarrollos Inmobiliarios S.A.- Pedein S.A. Asimismo, la Sunat también informó que López Aliaga fue registrado como el gerente general de Peruval Corp S.A.

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 Imagen de arriba: PERUVAL CORP S.A figura como representante legal de Peru Desarrollos Inmobiliarios S.A. Imagen de abajo: Rafael López Aliaga figura como gerente general de PERUVAL CORP S.A.

Imagen de arriba: PERUVAL CORP S.A figura como representante legal de Peru Desarrollos Inmobiliarios S.A. Imagen de abajo: Rafael López Aliaga figura como gerente general de PERUVAL CORP S.A.

La información se pudo conocer a través del informe 000020-2026-LHD-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE, en el que el JEE señaló que, el pasado 8 de enero, solicitó información a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) sobre la titularidad de acciones y participaciones de López Aliga. El 14 de ese mes, la Sunarp respondió el pedido con todo lo requerido.

En ese sentido, el ente electoral mencionó que el exalcalde de Lima consignó información en el ítem de titularidad de acciones y participaciones en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV). Las empresas que registró fueron Perú Hotel Corp S.A., Latin Security Corp (Sociedad no domiciliada en el Perú), Acres Investments Perú S.A., Acres Investments L.T.D (Sociedad no domiciliada en el Perú), Perú Hotel Holding S.A., Acres Investments S.A., Perú Hotel Aguas Calientes S.A., Peruval Corp S.A. (Sociedad no domiciliada en el Perú), Perú Hotel y Servicios S.A., Peruvian Trains & Railways S.A.

 Resultado del pedido de información que el JEE le hizo a la Sunarp.

Resultado del pedido de información que el JEE le hizo a la Sunarp.

Sin embargo, la Sunarp reportó que, luego de llevar a cabo la búsqueda en el Registro de Personas Jurídicas a nivel nacional, se obtuvo un resultado activo en la Oficina Registral de Lima no declarada por el candidato. Esa empresa, dice el JEE, es PERÚ DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.A.- PEDEIN S.A.

"Conforme el contenido del presente informe, referente a la Declaración Jurada de Hoja de Vida del candidato Sr. Rafael Bernardo López Aliaga Cazorla , candidato por la organización política “Renovación Popular” al cargo de Presidente de la República,específicamente en el rubro VIII.- Declaración Jurada de Ingresos de Bienes y Rentas, bienes muebles del declarante y sociedad de gananciales ítem titularidad de acciones y participaciones, habría información falsa, tal como se describe en el numeral III.3.1 del presente informe", se lee en el informe.

 Informe el JEE

Informe el JEE

JEE recomienda pedir información al partido y advierte posibles sanciones

Como parte de su derecho a la defensa, el JEE Lima Centro 1 recomendó solicitar información al personero legal de Renovación Popular con la finalidad de esclarecer los hechos.

Asimismo, el ente electoral alertó de las posibles sanciones que podrían recaer sobre López Aliaga. Según la Ley de Organizaciones Políticas (LOP), el procedimiento a seguir es el siguiente: Primero, se realiza la corrección en la DJHV del candidato. Luego, se impondría una multa que oscila, dependiendo de la gravedad de la infracción, entre 1 y 10 UIT. Finalmente, se remite los actuados al Ministerio Público para que actúe conforme a sus atribuciones.

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