Abogados colegiados pagarán 11 mil soles para que puedan postular como representante ante el JNE
El Comité Electoral del CAL fijó en dos UIT el derecho de inscripción para la elección del representante ante el JNE, una decisión que genera cuestionamientos por su impacto en la participación de abogados y el proceso rumbo a las elecciones 2026.
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La elección del representante del Colegio de Abogados de Lima ante el JNE tendrá un alto costo para los postulantes. El Comité Electoral del CAL estableció un pago de dos Unidades Impositivas Tributarias, equivalente a S/11.000, como requisito obligatorio para inscribirse en el proceso, según el reglamento aprobado para estos comicios.
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El monto figura en el artículo 19 de los requisitos específicos de postulación y alcanza a cualquier abogado colegiado y habilitado que aspire a representar al gremio ante el JNE. La medida introduce una barrera económica en una elección clave, ya que el representante del CAL participa en decisiones vinculadas a los procesos electorales nacionales y a las elecciones 2026.
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Reglamento del CAL donde se pide el monto de 11 mil soles como inscripción para postular a representante del CAL ante el JNE. Foto: La República
El cobro no se limita al cargo ante el JNE. El reglamento electoral del CAL también fija tasas elevadas para otros puestos internos, como delegados y cargos en estamentos del colegio, lo que ha generado críticas por el impacto que estas exigencias económicas tienen en la pluralidad de candidaturas.
Desde la actual gestión del CAL precisan que la Junta Directiva y el Decanato no intervienen en estas decisiones. El Comité Electoral es un órgano autónomo, elegido por la asamblea del colegio, y actúa conforme a sus atribuciones estatutarias, sin injerencia directa de las autoridades en funciones.
Decano del CAL cuestiona cobro y advierte afectación a la democracia gremial
El decano del Colegio de Abogados de Lima, Raúl Canelo, cuestionó duramente el pago de S/11.000 exigido para postular como representante ante el JNE y lo calificó como una medida desproporcionada. “A mí me parece recontra abusivo, demasiado excesivo el cobro. Y esto viola la libertad de asociación”, sostuvo en entrevista.
Canelo advirtió que el monto fijado por el Comité Electoral del CAL genera un efecto excluyente dentro del gremio. “Es un claro abuso y también es un acto discriminatorio porque está permitiendo que gente que tenga mayores recursos pueda postular, discriminando a los que tienen menos recursos”, afirmó, al señalar que la exigencia económica restringe la participación de abogados sin capacidad de asumir ese pago.
El decano también alertó que las altas tasas afectan la competencia electoral interna y desalientan la conformación de listas. “Estas listas tendrían que hacer pagos altísimos para poder postular. Y eso parecería incluso que está dirigido a que no haya una postulación democrática de los agremiados”, indicó, en referencia al proceso para elegir al representante ante el JNE.
Finalmente, Canelo recordó que el Comité Electoral es un órgano autónomo y que la Junta Directiva no puede intervenir en sus decisiones. Sin embargo, sostuvo que el impacto de la medida es grave. “Con esto se está recortando el derecho de cualquier agremiado a postular al Jurado Nacional de Elecciones” y, añadió, “parecería que solo se benefician los que tienen dinero y eso no es correcto”, en un escenario clave de cara a las elecciones 2026.
Altos cobros también alcanzan a puestos para la Junta Directiva y otros cargos del Colegio de Abogados de Lima
Las exigencias económicas del Comité Electoral del CAL no se limitan a la elección del representante ante el JNE. El reglamento electoral establece que las listas que postulen a la Junta Directiva deben pagar un derecho de inscripción equivalente a cuatro UIT, lo que asciende a S/22.000, además de contar con el respaldo de al menos el 3 % de los colegiados activos, un requisito que eleva aún más la barrera para competir en el proceso interno.
Para la Junta de Vigilancia, el reglamento fija un pago de una UIT, equivalente a S/5.500, y exige el respaldo de no menos de 50 abogados colegiados activos. Estos montos, sumados a los requisitos formales, configuran un escenario restrictivo para la participación de agremiados que no cuentan con respaldo económico suficiente, según advirtió el decano Raúl Canelo al referirse al impacto de estas reglas en la vida democrática del CAL.
A estos pagos se suma la adquisición obligatoria del kit electoral, cuyo costo varía según el cargo. Para la Junta Directiva, el monto es el 12 % de la UIT (S/660); para la Junta de Vigilancia, el 6 % de la UIT (S/330); y para delegados, el 3 % de la UIT (S/165). El kit incluye la solicitud de inscripción, el Reglamento de Elecciones 2025 y los planillones de adherentes, documentos que, si bien están disponibles en el portal web del CAL, solo pueden obtenerse tras el pago correspondiente, lo que refuerza las críticas sobre el peso económico del proceso electoral interno.

























