Martín Vizcarra y el caso Lomas de Ilo: archivan acusación y descartan el inicio de segundo juicio
La Tercera Sala Penal de Apelaciones dispuso el archivo del proceso por colusión simple al concluir que la acusación se sustentaba en hechos y delitos que ya habían sido juzgados previamente.
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Martín Vizcarra no afrontará un segundo juicio en el caso Lomas de Ilo. La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional del Poder Judicial ordenó el archivo del proceso seguido en su contra por colusión simple, al determinar que la acusación se basaba en hechos y delitos que ya habían sido juzgados previamente.
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"Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de Martín Alberto Vizcarra Cornejo, en consecuencia, revocar la Resolución N.° 37, del 01 de septiembre de 2025, la cual declaró improcedente la excepción de litispendencia planteada a favor del referido acusado, en el incidente de control de acusación por el delito de colusión simple. Y, reformándola declararon fundada la excepción de litispendencia formulada", se lee.
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En su análisis, el colegiado sostuvo que mantener dos procesos penales basados en los mismos hechos, pese a tener calificaciones jurídicas distintas, afecta el principio constitucional de ser juzgado dos veces por los mismos hechos. Precisó que lo importante no es cómo se llame el delito, sino que la acusación se basa en los mismos hechos.
"Para verificar la afectación del principio de ne bis in idem no es relevante la calificación jurídica que haga el Ministerio Público, sino que basta verificar que las calificaciones jurídicas —pese a ser por delitos distintos— pesan sobre los mismos hechos, las mismas partes y la misma naturaleza de pretensión", explican en la resolución.
El tribunal analizó los dos hechos atribuidos a Vizcarra cuando era presidente regional de Moquegua, relacionados con los proyectos Lomas de Ilo y el Hospital de Moquegua. En ambos casos, concluyó que la Fiscalía usó el mismo relato de hechos para sustentar tanto la acusación por cohecho, en la que ya existe una sentencia que aún no es definitiva, como la acusación por colusión simple que ahora fue archivada.
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El tribunal también rechazó que en este caso se pudiera aplicar otras salidas legales, como la acumulación de procesos, al señalar que no había sentencias definitivas y que los expedientes se encontraban en etapas distintas.
Con estos argumentos, la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró fundada la excepción de litispendencia y ordenó el sobreseimiento y archivo definitivo del proceso penal seguido contra Martín Vizcarra por el delito de colusión simple.
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Situación actual de Martín Vizcarra
El expresidente Martín Vizcarra afronta una condena de 14 años de prisión por el delito de cohecho pasivo propio, vinculada a los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua, por hechos ocurridos cuando fue presidente regional de Moquegua. La sentencia fue emitida en noviembre de 2025 por el Poder Judicial y dispuso el cumplimiento inmediato de la pena, aunque esta no es firme, ya que ha sido apelada por su defensa.
Además de la pena privativa de la libertad, el fallo impuso a Vizcarra una inhabilitación para ejercer cargos públicos por nueve años, así como el pago de una multa equivalente a 730 días, que asciende aproximadamente a 94 mil soles.
La sentencia también fijó una reparación civil de 2 millones 336 mil soles, monto que deberá ser pagado junto con los demás responsables civiles vinculados a los proyectos cuestionados.






















