Tribunal Constitucional rechaza hábeas corpus de Pedro Castillo y ratifica su permanencia en prisión
La acción legal impulsada por los abogados de Castillo pretendía que se ordene su liberación para recibir atención médica especializada.
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El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada e improcedente la demanda de hábeas corpus presentada por la defensa del expresidente Pedro Castillo, que buscaba su excarcelación temporal para ser sometido a una intervención quirúrgica cardíaca y la sustitución de la medida de prisión preventiva por detención domiciliaria.
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La acción legal impulsada por los abogados de Castillo pretendía que se ordene su liberación para recibir atención médica especializada, alegando un presunto problema de salud que requeriría un tratamiento fuera del penal donde cumple reclusión por diversos procesos penales. También se solicitó que, tras la intervención, se le permita cumplir la medida de detención en casa bajo supervisión médica y familiar.
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No obstante, en su resolución el TC concluyó que la demanda no acreditó una vulneración de derechos fundamentales, como el derecho a la salud o la protección contra tratos irrazonables en el contexto de su encarcelamiento. Por esa razón, decidió rechazar el recurso y declaró infundado el pedido de excarcelación y de cambio de medida privativa de libertad.
"Este Tribunal Constitucional declara que no se ha acreditado la vulneración de los derechos a la salud y a no ser objeto de tratamiento carente de razonabilidad y proporcionalidad respecto a la forma y las condiciones en las que Pedro Castillo Terrones cumple su reclusión bajo mandato judicial y la administración del INPE", se lee en la resolución.
Poder Judicial descarta golpe de Estado y ratifica condena contra Pedro Castillo solo por conspiración
El jueves 4 de diciembre, durante la lectura de sentencia, el Poder Judicial determinó que el anuncio de cierre del Congreso del 7 de diciembre de 2022 no constituyó rebelión y confirmó que la responsabilidad penal de Pedro Castillo corresponde únicamente al delito de conspiración.
En su resolución, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema confirmó la condena impuesta al exmandatario por 11 años, 5 meses y 15 días de prisión, además de 2 años de inhabilitación para que no pueda ejercer cargos públicos. Al mismo tiempo, el PJ dejó sin efecto las acusaciones más severas que se le atribuían como golpe de estado y abuso de autoridad por los que la Fiscalía solicitaba inicialmente una pena de 34 años de prisión.





















