Jurista José Hurtado Pozo: UAP es la perjudicada en caso de fraude y lavado
Cuestión de fondo. Especialista señala en un estudio sobre el expediente que la Fiscalía imputa ilícitos a la universidad, “sin que sea jurídicamente posible que esta se haya beneficiado de dichos delitos cometidos en contra de su propio patrimonio”.
La disposición del fiscal de lavado de activos, Wilson Salazar Reque, con la que fundamentó la incautación de los bienes de la Universidad Alas Peruanas (UAP), desconoce que la institución fue víctima de los actos ilícitos de los exdirectivos relacionados con la familia del exrector Fidel Ramírez Prado, señala un estudio legal del jurisconsulto peruano José Hurtado Pozo, profesor emérito de la Universidad de Fribourg (Suiza).
El 11 de abril del 2023, el fiscal Wilson Salazar dirigió un operativo de incautación de 37 inmuebles de la UAP, en el que imputaba a dicha casa de estudios presuntos actos de fraude en la administración de personas jurídicas, entre ellos, actos de conversión y transferencia, y actos de ocultamiento y tenencia, cuando estos hechos corresponden al periodo en el que la universidad se encontraba bajo control de la familia Ramírez.
La universidad encargó al experto José Hurtado Pozo, especialista en responsabilidad criminal de las personas jurídicas, que elaborara un estudio del expediente del caso, y encontró que la motivación del fiscal Wilson Salazar era errónea.
“La disposición n° 35 (del fiscal Wilson Salazar) vulnera la legalidad penal al privar a la Universidad Alas Peruanas de su calidad de sujeto pasivo en el delito de administración fraudulenta. De esta situación legal se desprende su condición de perjudicada por los actos delictivos de gestión desleal perpetrados por sus exdirectivos y exgerentes en su propio beneficio”, señala el jurisconsulto.
José Hurtado Pozo indica que el juzgado o la fiscalía del caso más bien “deben emitir una decisión declarativa sobre la condición de perjudicada, que legalmente le corresponde a la UAP por el delito de administración fraudulenta”.
Posición. Para el jurista José Hurtado (izquierda), motivación del fiscal Wilson Salazar es errónea. Foto: difusión.
La República ha publicado una serie de reportajes de investigación con documentos que consignan presuntas actividades ilícitas, como una serie de contratos entre el exrector y exgerente de la UAP Fidel Ramírez Prado y empresas de su sobrino, el excongresista fujimorista Joaquín Ramírez Gamarra, para el alquiler o construcción de locales en condiciones que perjudican el patrimonio de la universidad.
Esas empresas que Joaquín Ramírez manejaba con una red de testaferros se encuentran bajo investigación fiscal por presunto lavado de activos.
Sin embargo, por hechos como el mencionado, que involucran a la familia Ramírez, el fiscal Wilson Salazar Reque atribuye responsabilidad a la Universidad Alas Peruanas, cuando en realidad esta es víctima de la gestión anterior. La actual gestión de la UAP estima que en el periodo de la familia Ramírez la universidad se perjudicó con un aproximado de S/200 millones.
Este diario intentó contactar con el fiscal Wilson Salazar, pero este no acepta entrevistas con la prensa.
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La propiedad de la UAP pertenece a la Cooperativa de Servicios Múltiples Alas Peruanas (ALASPE), que cuenta con 30.000 socios y ha sido así desde su constitución en el año 1998.
“La Universidad Alas Peruanas tiene la condición de ‘perjudicada’ por el delito de lavado, ya que los activos involucrados en el caso provienen del acto delictivo previo contra el patrimonio societario cometido por sus exdirectivos y exgerentes”, argumenta el jurisconsulto José Hurtado Pozo.
“En estos casos específicos de blanqueo, la persona jurídica es perjudicada por consecuencias del delito de lavado sobre los fondos societarios fraudulentamente extraídos del patrimonio social en detrimento de la propia persona jurídica (la UAP)”, precisa Hurtado.
La actual gestión de la universidad ha emprendido acciones legales para que el fiscal Wilson Salazar Reque y el juez Víctor Zúñiga Urday rectifiquen la disposición de incautación de los 37 inmuebles de la UAP. Como parte de su defensa, ha presentado el estudio legal del caso del jurisconsulto José Hurtado Pozo.
“La imputación dirigida contra la UAP vulnera la legalidad penal, ya que, al analizar los hechos objeto de proceso, se constata que no se han cumplido los presupuestos legales para la imputación de consecuencias accesorias, conforme a lo establecido en los artículos 105 y 105-A del Código Penal”, argumenta José Hurtado Pozo: “Estos son indispensables para atribuir cargos por lavado de activos a la persona jurídica (en este caso, la UAP)”.