Indecopi multa con más de S/5 millones a Luz del Sur por brindar información incorrecta en proceso de concentración empresarial
Luz del Sur tendrá un plazo de hasta 15 días hábiles para poder apelar la decisión ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi.
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Luz del Sur S.A.A. fue sancionada por Indecopi con S/5,5 millones tras ser hallada responsable de una falta catalogada como muy grave por la Ley N.° 31112, al no cumplir con entregar información íntegra y veraz a la autoridad, según resolvió en primera instancia la institución peruana. La medida fue adoptada por la Comisión de Defensa de la Libre Competencia en el marco del procedimiento administrativo correspondiente.
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Este caso se remonta a 2023, cuando Luz del Sur notificó a Indecopi una operación de concentración empresarial vinculada a la adquisición de plantas de generación de energía solar. En ese contexto, la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia, en ejercicio de sus facultades legales, solicitó a la empresa información sobre sus planes o proyectos de inversión, ante lo cual la respuesta fue que no contaban con planes previstos.
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Además, la información entregada a la autoridad durante la evaluación de la solicitud no fue completa ni correcta debido a que se descubrió que existían documentos que mostraban planes de inversión de la empresa en el sector eléctrico que no fueron notificados.
Indecopi marca precedente al sancionar a Luz del Sur por control previo de concentraciones
La sanción dictada el 19 de enero de 2026 constituye el primer antecedente sancionador de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi en el marco del régimen vigente de control previo de concentraciones empresariales. Según el pronunciamiento, esta decisión busca fomentar que las empresas conduzcan el procedimiento con diligencia y buena fe, en atención a que este tipo de evaluaciones se desarrolla en plazos reducidos.
La Comisión precisó que la decisión no pone fin a la vía administrativa y que puede ser apelada ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi en un plazo de quince días hábiles, conforme a lo dispuesto en la Resolución N.° 012-2026/CLC-INDECOPI. En ese marco, también resaltó que es indispensable que los administrados proporcionen información completa y transparente, ya que ello permite a la autoridad evaluar adecuadamente los riesgos que podría generar la aprobación de una operación en el mercado y garantizar el cumplimiento de las normas de defensa de la libre competencia.
























