Aspec pide dejar sin efecto cobros de BBVA y Banco Falabella: No son comisiones, sino penalidades
Presidente de Aspec, Crisólogo Cáceres, aseguró que estos cobros son “abusivos”. El gremio pidió que Indecopi inicie de oficio acciones legales. Repasa todos los detalles en la siguiente nota.
La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) se mostró en contra de los cobros anunciados por el Banco Falabella y BBVA. Las comisiones, que entrarán en vigencia desde noviembre, serían contrarias a la normativa vigente, sostiene el gremio.
“Estas presuntas ‘comisiones’ no se ajustan a la definición de las mismas establecidas en el artículo 3,1 del Reglamento de Comisiones y Gastos del Sistema Financiero”, precisa Aspec y asegura que los cobros de BBVA y el Banco Falabella “no implican la prestación de un servicio adicional y/o complementario en favor de los usuarios”.
“En efecto, el hecho de cobrarle al cliente por el pago que efectúa, solo porque lo hace con una tarjeta distinta, o exigirle que mantenga un saldo determinado no es una comisión, es una penalidad”, analizó Crisólogo Cáceres, presidente de Aspec. “Si estos cobros no son abusivos, ¿entonces qué son?”, cuestionó.
Banco Falabella no podrá cobrar comisión por pago de deudas con otras tarjetas en su web
En ese sentido, Aspec pidió a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dejar sin efecto los cobros anunciados por las entidades bancarias. Asimismo, solicitaron al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) iniciar de oficio las acciones legales que correspondan.
¿Qué comisiones cobrarán el BBVA y Banco Falabella?
El BBVA informó que empezará a cobrar comisiones por mantenimiento en todas sus cuentas de ahorros desde el 30 de noviembre. El cobro de S/ 10 solo se evitaría si los usuarios mantienen un saldo promedio mensual mínimo de S/ 100 o US$ 30.
Independencia BBVA | Ganadora | Cuenta corriente persona natural | Vip wellness | Sueldo |
Saldo promedio a partir de S/ 100 o US$ 30, gratis Saldos menores, S/ 10 o US$ 3,30 | Saldo promedio a partir de S/ 1.500 o US$ 500, gratis Saldos menores, S/ 8 o US$ 3 | S/ 10 o US$ 3,3 | Saldo promedio a partir de S/ 10.000 o US$ 3,000, gratis Saldos menores: S/10 o US$ 3,3 | Si no recibes tu sueldo por dos meses consecutivos, S/ 10 o US$ 3,30 |
Por su parte, el Banco Falabella indicó que desde el 1 de noviembre cobraría una comisión de S/ 2,90 a los clientes de tarjetas CMR que cancelen sus deudas con tarjetas de débito de otros bancos. Sin embargo, este aún no está vigente hasta nuevo aviso, según informaron asesores de la entidad, ya que la SBS indicó que el cobro no estaba autorizado.
A mediados de octubre, la SBS precisó que el Banco Falabella no podrá efectuar estos cobros. La entidad financiera “no podrá establecer cargos para el caso de pagos a través de los canales que las entidades establecen o que ponen a disposición de los usuarios”, manifestó Jamile Valles, intendenta de Acciones Correctivas de Conducta de Mercado de la SBS.
El cambio de políticas del banco BBVA puede llevar a que otras entidades financieras cambien las suyas. Foto: ComposiciónLR
¿Qué comisiones bancarias están prohibidas por la SBS?
El mencionado Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, aprobado por la SBS en 2017, especifica qué comisiones están prohibidas para cobro en las entidades financieras en el caso de depósitos:
- Mantenimiento o administración de cuentas inactivas.
- Devolución de un cheque mal girado o sin fondos, cuando se trate de cheques de la misma empresa.
- Remisión de depósitos al Fondo de Seguro de Depósitos.
- Envío de estados de cuenta por medios electrónicos.
- Cargos en general, cuando la apertura de la cuenta se establezca como requisito para realizar cargos relativos al pago de algún crédito.
- En empresas bancarias, cargos interplaza por retiro de dinero en efectivo, a través de un cajero automático del propio banco o en ventanillas de atención en una localidad distinta a la ciudad donde se abrió la cuenta bancaria.
En el caso de crédito o préstamo, estas son las comisiones proscritas:
- La evaluación crediticia que efectúa la empresa antes de otorgarte un crédito o una tarjeta de crédito, incluida la consulta a la central de riesgos.
- Envío de estados de cuenta por medios electrónicos.
- Ejecutar pagos anticipados totales o parciales, o adelantos de cuotas de tu crédito.
- La emisión y entrega de la primera constancia de no adeudo, una vez que se canceló la totalidad del crédito. En el caso de tarjetas de crédito, cuando se cancela la deuda total y se resuelve el contrato, la primera constancia de no adeudo siempre es gratuita.
- Emisión y entrega de la constancia de situación crediticia, cuando la entidad financiera hubiera reportado por error al deudor ante la Central de Riesgos SBS.
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- Las gestiones de cobranza mediante llamadas telefónicas, cartas o visitas al domicilio, cartas notariales, o cualquier otra modalidad.
- Cargos distintos al interés moratorio, por concepto de pago de obligaciones fuera de la fecha de su vencimiento, tales como la penalidad, entre otros.
- Cargos por evaluación, administración y/o gestión de póliza endosada, en el caso del seguro de desgravamen que sea condición para contratar un producto crediticio.
- Acceso y gestiones asociadas al tratamiento de clientes con dificultades temporales para el pago de créditos, en el marco de una declaratoria de estado de emergencia.