
Tras los feriados por Fiestas Patrias del 28 y 29 de julio, muchos trabajadores se preguntan si el jueves 30 y viernes 31 de julio también serán días de descanso para formar un nuevo "puente". Sin embargo, la respuesta es clara: ninguna de estas fechas ha sido declarada feriado nacional ni día no laborable por el Gobierno.
De acuerdo con el calendario oficial de feriados y el Decreto Supremo N.° 075-2026-PCM, las medidas extraordinarias por Fiestas Patrias solo comprenden el lunes 27 de julio como día no laborable para el sector público y los feriados nacionales del 28 y 29 de julio. Por ello, las actividades se reanudan con normalidad desde el jueves 30 de julio.
No. El 30 y 31 de julio de 2026 son días laborables tanto para el sector público como para el sector privado.
Esto significa que:
El descanso oficial por Fiestas Patrias quedó distribuido de la siguiente manera:
En el caso del 27 de julio, los trabajadores del Estado descansaron de manera obligatoria, pero deberán recuperar posteriormente las horas no laboradas, conforme a lo establecido en la norma. Para el sector privado, ese día solo fue aplicable previo acuerdo entre empleador y trabajador.
Luego de los feriados por Fiestas Patrias, el siguiente feriado nacional del calendario peruano será el miércoles 6 de agosto, con motivo de la Batalla de Junín. Hasta el momento, el Gobierno no ha anunciado días no laborables adicionales que permitan extender ese descanso.





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