En muchos establecimientos comerciales del Perú, es habitual que al momento de pagar se solicite el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) de los clientes. Sin embargo, esta práctica no siempre está justificada y podría exponer a los consumidores a riesgos como el uso no autorizado de sus datos personales o, peor aún, a delitos como la suplantación de identidad.
La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) advierte que los peruanos tienen derecho a la reserva de su información y solo deben proporcionar su DNI en situaciones específicas estipuladas por la ley. En este artículo, exploraremos los motivos por los cuales es mejor proteger este dato y qué hacer frente a solicitudes indebidas.
El número de DNI es un dato personal que, al ser entregado sin justificación, podría ser utilizado con fines no autorizados. Entre los riesgos más comunes está el uso de esta información para elaborar perfiles de consumo, venderla a empresas de telemarketing o big data, o incluso para la creación de bases de datos personales sin el conocimiento del titular. Peor aún, este tipo de prácticas puede dar lugar a delitos como la suplantación de identidad, afectando gravemente la seguridad del consumidor.
“Cuando un consumidor compra un producto en un establecimiento comercial, así pague al contado, en la caja le piden casi siempre que brinde su número de DNI. Normalmente, el consumidor accede a dicha solicitud que es ilegal”, señaló Crisólogo Cáceres, presidente de Aspec, para el diario Gestión.
Según el dirigente de Aspec, brindar el número del documento de identidad no es una obligación para el consumidor en compras regulares. La privacidad es un derecho fundamental y los comercios no pueden exigir esta información salvo en los casos excepcionales que determina la normativa. Es vital que las personas sean conscientes de cómo se puede usar su información y eviten proporcionar datos sensibles sin una razón válida.
Brindar el número del DNI no es una obligación en compras regulares Foto: El Cazador y Selva Progresa.
Existen dos situaciones específicas en las que proporcionar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) es obligatorio, según las disposiciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat):
En ambos casos, el objetivo principal es cumplir con las disposiciones tributarias del país. Fuera de estas situaciones, cualquier otra solicitud de este dato carece de justificación legal y el consumidor tiene pleno derecho a negarse.
Si un comercio insiste en solicitar tu número de DNI sin razón válida, es importante que conozcas las medidas a tomar para proteger tus derechos como consumidor:
Según la Sunat, no es obligatorio presentar el DNI físico para emitir una boleta de venta. Lo único que se necesita es el número del documento, ya que el propósito principal es garantizar el registro adecuado de la transacción a nivel fiscal.