La resolución de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) que declaró nulo el proceso de destitución de un trabajador de la Municipalidad de Piura, acusado de presunta corrupción, no podrá ser apelada, advirtieron abogados especialistas en derecho civil y penal.
El abogado Harold Romero indicó que la figura de apelación no existe en una resolución de Servir, mas solo se puede impugnar el resultado de la resolución ante un procedimiento judicial que podría demorar dos años.
Por su parte, el abogado Percy Ipanaqué manifestó que las resoluciones administrativas, consentidas en última instancia, no son apelables, debido a que representan el final de la vía administrativa dictaminada por la entidad correspondiente.
“No hay ninguna posibilidad de que pueda contradecir la opinión de Servir, lo que tiene que hacer (la Municipalidad de Piura) es obedecer la opinión de Servir, ya que caso contrario estaría cometiendo el delito de resistencia a la autoridad, y hasta se tendría que indemnizar al trabajador por el daño generado”, expresó.
Percy Ipanaqué acusó al alcalde Juan José Díaz Dios de ejecutar un abuso de autoridad contra los trabajadores que fueron repuestos por la entidad y de exponer su imagen pese a la presunción de inocencia.
El burgomaestre piurano anunció que la comuna apelará la resolución de Servir, que declaró nulo el proceso de destitución del trabajador Hilton Quevedo Pozo, a quien la municipalidad despidió por un presunto mal manejo de los vales de combustibles.
“Servir no tiene la última palabra. Nosotros vamos a apelar e impugnar esta decisión. A los trabajadores mencionados no los conozco y no tengo nada en contra de ellos, pero si hay un hecho irregular, ese hecho irregular tiene que ser sancionado”, sostuvo.