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Sociedad

Contraloría detecta fraccionamiento en órdenes de compra realizadas por EsSalud para hospital de Tumán

Órgano de Control advirtió presunta irregularidad, pues se realizaron diferentes órdenes para realizar servicios similares en un mismo establecimiento.

larepublica.pe
Las autoridades intervinieron en oficina de EsSalud para incautar documentación.

Coronavirus en Perú. La Contraloría General de la República (CGR) detectó una presunta irregularidad en las contrataciones realizadas por el Seguro Social de Salud (EsSalud) para poner operativo el Hospital Clínico Especializado de Tumán, el cual fue dado en cesión de uso por la empresa agroindustrial.

Tal como consta en el informe de orientación de oficio n.° 218-2020, la Red Asistencial de EsSalud Lambayeque emitió 33 órdenes de compra por montos menores a las 8 UIT (unidades impositivas tributarias) a favor de seis empresas, por un total de S/1 054 170, donde se detectaron fraccionamientos.

Para el órgano de control, los servicios pudieron ser agrupados en cinco contrataciones directas, debido a que presentaban características iguales o similares, a fin de incentivar la mejora de precios y calidades, lo que podría haber significado un ahorro de dinero.

De esta manera, constató la emisión de nueve órdenes de compra a favor del proveedor Rav Serv E. I. R. L. por un monto total de S/299.000, cuyos trabajos de mantenimiento de la red de desagüe se fraccionaron por cada área donde se iba a prestar el servicio, pese a que pertenecen a un mismo hospital.

Una situación similar ocurrió con el mantenimiento de la red de agua fría y caliente (cinco órdenes de compra por S/167.500 a favor de Multi Servicios Feroes E.I.R.L.), mantenimiento de instalaciones eléctricas (nueve órdenes de compra por S/274.670 a favor de Abg System & Networks Sociedad), mantenimiento de ventanas (seis órdenes de compra por S/191.300 a favor de Vidriería Mavade y Servicios E. I. R. L.), entre otras.

Tras analizar la documentación, la Contraloría concluye que “se emitieron fraccionadamente sucesivas órdenes de compra por montos iguales o inferiores a las 8 UIT sin realizar un procedimiento de selección, generando restricción en la pluralidad de postores y libre competencia, así como afectación a la transparencia”, lo que habría vulnerado la Ley de Contrataciones del Estado y afectado los recursos públicos.

No obstante, es necesario precisar que la Unidad de Programación observó siete requerimientos de estas contrataciones, porque, al tratarse de trabajos similares o iguales en un mismo hospital, debían consolidarse; sin embargo, el área usuaria (Oficina de Ingeniería Hospitalaria y Servicios) respondió que dichos trabajos “debían ejecutarse de manera independiente por proveedores especialistas (...), asegurando que las actividades se desarrollen en el menor tiempo posible”, debido a la urgente necesidad de ampliar la capacidad hospitalaria.