
Durante el período de emergencia por el COVID-19, el Gobierno dispuso que el pago de los recibos de luz eléctrica, gas natural, telefonía, Internet y cable será fraccionado.
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Específicamente aplica para los recibos que se hayan emitido en marzo del 2020 o que tenga algún consumo durante el Estado de Emergencia Nacional.
En el caso de los servicios de luz y gas natural, el fraccionamiento podrá darse hasta en 24 meses.
El decreto publicado ayer precisa que esta disposición aplicará a los usuarios residenciales del servicio de electricidad con consumos de hasta 100 kWh mensuales y de los sistemas eléctricos rurales no convencionales abastecidos con suministro fotovoltaico autónomo.
También alcanza a usuarios residenciales del servicio de gas natural con consumos de hasta 20 m³/mes.
Mientras que para los servicios de telefonía, Internet y cable, se prorrateará el pago hasta en 12 meses.
Las condiciones del fraccionamiento de la deuda vencida serán establecidas por las empresas de telecomunicaciones y no se aplicarán intereses moratorios ni compensatorios, o cualquier otro concepto vinculado al no pago de los recibos fraccionados.
La norma señala además que quienes accedan a este beneficio, por indicación del operador, pasarán a contar con un paquete menor que el contratado, el mismo que será comunicado por la empresa a Osiptel. Esta variación se mantiene hasta que el cliente decida migrar nuevamente al servicio deseado.

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