El presidente de la República, Martín Vizcarra, decretó este domingo 15 de marzo el estado de emergencia a nivel nacional ante el aumento de casos de pacientes con coronavirus en Perú. Debido a ello, los ciudadanos se han realizado diferentes preguntas ante dicha medida.
El decreto supremo que declara esta medida también señala que es indispensable cumplir con el aislamiento ciudadano, lo que restringe la circulación de las personas en las calles, con excepciones para trabajadores de servicios de salud, transporte público, producción y abastecimiento de alimentos, entre otros.
Todos los restaurantes y otros centro de consumo de alimentos están suspendidos.
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial declaró la suspensión de todos los plazos procesales por el plazo de 15 días calendario en todo el Perú. También, todas las labores en el Poder Judicial están suspendidas.
Las diligencias, como audiencias o entrega de sentencias, en el Poder Judicial (PJ), están suspendidas. Este ente emitirá su respectivo comunicado anunciando qué diligencias se llevarán a cabo a partir del martes 17 de marzo.
En tanto, las del Tribunal Constitucional (TC), también quedan suspendidas desde el 16 al 30 de marzo.
El Poder Judicial y los organismos constitucionales autónomos disponen la suspensión de los plazos procesales y procedimentales que consideren necesarios para no perjudicar a los ciudadanos, así como las funciones que dichas entidades ejercen.
Las empresas que no pueden realizar actividades en el periodo del aislamiento social decretado por el Gobierno peruano, son las que no realizan actividades esenciales.
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Las únicas personas pueden trasladarse a sus trabajos son aquellas que realizan la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales como:
- Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
- Entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.
- Producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible.
- Medios de comunicación y centrales de atención telefónica.
El traslado durante el estado de emergencia está habilitado para las siguientes situaciones:
- Adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.
- Adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud, así como centros de diagnóstico, en casos de emergencias.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
Todos los servicios que estén relacionados a la salud estarán disponibles durante estos 15 días de declaración de emergencia nacional. Establecimientos de salud y farmacias estarán a disposición de las personas con normalidad. También se encontrarán disponibles los establecimientos que abastezcan de alimentos, tales como supermercados y bodegas. Los restaurantes deberán acatar el estado de emergencia, por lo que deberán estar cerrados. En cuanto a los hoteles y centros de alojamiento, el decreto recalca que las personas tendrán acceso a estos, sólo con la finalidad de cumplir con la cuarentena dispuesta.
El decreto dispone el “aislamiento social obligatorio (cuarentena)”. Esto quiere decir que las personas únicamente pueden circular por la vía pública para acceder a servicios y recursos esenciales como alimentos, productos famacéuticos, salud, retornar al lugar de residencia habitual, cuidar a población vulnerable (adultos mayores, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad), combustible, entidades financieras, etc. Es decir, se puede salir a cualquier hora sólo para acceder cuando es necesario a estos servicios y recursos.
Las mascotas de la casa no son propensas a contagiarse con coronavirus. Sin embargo, las personas que los saquen a pasear deberán hacerlo evitando todo tipo de aglomeración. Asimismo, los médicos veterinarios podrán seguir prestando servicios.
El pico y placa se suspende ante la declaratoria de emergencia nacional por el COVID-19. “Levantamos la medida de Pico y Placa durante el tiempo que dure la emergencia. Que se entienda bien, porque no es que con esto incentivemos a que la gente pueda salir y circular, sino, para que, si efectivamente tienen que salir por una eventualidad puedan hacerlo sin restricción”, declaró el alcalde de Lima, Jorge Muñoz.
Beat, Uber, Cabify y demás taxis por aplicativo deben acatar el estado de emergencia nacional y dejar de funcionar durante los 15 días establecidos para contrarrestar la posible propagación del coronavirus en Perú. "Quédense en casa”, exhortó Walter Martos, Ministro de Defensa.
La medida regirá por 15 días desde las 00:00 horas del lunes 16 de marzo y restringe el derecho de libre tránsito. También regula el cierre de fronteras a partir de la medianoche.