Propuesta. La bancada de Alianza para el Progreso (APP), a iniciativa del legislador Alejandro Soto, presentó un proyecto de ley de reforma constitucional que modifica el artículo 134 de la Constitución Política del Perú, sobre la denegatoria de la cuestión de confianza. Esto, luego de que el Parlamento diera el voto de confianza al gabinete ministerial liderado por Alberto Otárola con 73 votos a favor, 43 en contra y 6 abstenciones.
En efecto, esta propuesta de APP, recibida el último 13 de enero, precisa en el artículo 134 de la Carta Magna que el presidente de la República “está facultado para disolver el Congreso si este ha censurado o negado su confianza a tres Consejos de Ministros”.
Es así que, de aprobarse el proyecto de ley n° 3968/2022-CR, un jefe de Estado ya no podrá disolver el Parlamento Nacional si el Pleno rechaza hasta dos veces dar la confianza a un gabinete ministerial, sino que tendría que esperar hasta tres veces para luego convocar a elecciones para nuevo Congreso, las cuales deben darse dentro de un periodo de cuatro meses tras la disolución.
Por otro lado, el proyecto resalta los dos supuestos para disolver el Congreso: por una derogatoria de cuestión de confianza obligatoria junto con una adicional facultativa y otras dos cuestiones de confianza facultativas.
Se sostiene que dicho mecanismo tendría como consecuencia que el Parlamento “acepte o no una determinada política de gobierno por lo cual niega la confianza produciéndose la caída del gabinete” pues en la actual Constitución Política se establece que cuando se produce dos cuestiones de confianza, el presidente puede disolver el Congreso.
“Se establece que sean tres cuestiones de confianza las que se denieguen para contar con una certeza que permite, válidamente, definir que la relación entre el Congreso y el Ejecutivo es inviable pudiéndose producir la disolución congresal”, se lee en el documento.
Alianza para el Progreso
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Alejandro Soto sostiene que dicha modificación permitiría “un espacio de reflexión entre ambos poderes del Estado para determinar fórmulas que permitan establecer soluciones que hagan viable las relaciones entre ambos poderes y evitar confrontación y conflicto”.
“Es innegable que una solución ideal frente a las desavenencias entre ambos debe ser el acercamiento de las partes y el diálogo, sin embargo, cuando se producen condiciones que podrían impedir el normal desarrollo político, el presidente puede disolver el Congreso, pero no luego de dos derogatorias de confianza sino después de tres”, se precisa.