
La expresidenta Dina Boluarte presentó una acción de amparo ante el Poder Judicial con el objetivo de anular la resolución del Congreso que aprobó su vacancia por incapacidad moral permanente. El recurso solicita que los magistrados declaren nulo el acto parlamentario que la destituyó y que le permitan recuperar su condición jurídica previa al proceso.
La demanda sostiene que el Parlamento vulneró su derecho al debido proceso. La defensa afirma que la exmandataria no tuvo un espacio real para ejercer defensa, que no se respetó el principio de igualdad y que la resolución que la vacó dañó su honor y buena reputación. Por ello, pide al sistema judicial que revise todo el procedimiento.
Defensa de Boluarte alega que Congreso vulneró su derecho al debido proceso.
Además, Boluarte solicita que el trámite de vacancia se retrotraiga hasta el Oficio 078-2025-2026-ADP/PCR, remitido el 9 de octubre. Para la defensa, desde ese punto empezaron las irregularidades que invalidarían el procedimiento posterior. Sostiene que la decisión legislativa se tomó sin garantizar garantías mínimas.
La acción de amparo plantea una pretensión alternativa: que la justicia constitucional emita una interpretación vinculante sobre los requisitos que deben regir cualquier vacancia presidencial en el país. La defensa de la exmandataria considera indispensable establecer estándares claros para evitar arbitrariedades similares en el futuro.
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La demanda de Dina Boluarte argumenta que el Congreso utilizó como sustento de la vacancia un conjunto de hechos que no formaban parte de un proceso concluido, sino de investigaciones preliminares o reportes periodísticos incluidos sin contraste. Según el recurso, esta práctica vulnera un principio básico del control constitucional: las decisiones del Parlamento no pueden basarse en conjeturas ni en información en fase indiciaria. El escrito enfatiza que al no existir una imputación formal ni una acusación fiscal, el Parlamento construyó una “incapacidad moral” sin sustento probatorio.
Otro punto que desarrolla la defensa es la falta de motivación interna y externa de la Resolución 001-2025-2026-CR. La acción de amparo afirma que el documento aprobado por el Pleno no detalla por qué los hechos citados alcanzan el estándar de indignidad necesario para destituir a una presidenta en ejercicio, ni explica la proporcionalidad de la medida. Para la defensa, el Congreso solo enumeró escándalos mediáticos —Rolexgate, el caso Cofre, viajes al extranjero y cirugías estéticas— sin demostrar de qué manera estos hechos configuran una incapacidad permanente para ejercer el cargo.
La demanda también cuestiona la forma en que el Parlamento condujo la sesión en la que se aprobó la vacancia. La defensa señala que el Pleno utilizó un procedimiento “exprés” incompatible con el artículo 89-A del Reglamento, pues admitió, debatió y votó la moción en una secuencia continua que impidió a la expresidenta revisar los elementos imputados o presentar medios probatorios. Además, sostiene que el Congreso omitió responder las observaciones de la defensa presentadas antes del debate, lo que, según el recurso, constituye una violación autónoma del derecho al debido proceso parlamentario.

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