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Economía

Trabajadores CAS tendrán gratificación de al menos S/300: MEF deberá establecer las condiciones de pago

El texto aprobado reconoce las gratificaciones y la CTS para los trabajadores CAS, pero deja en manos del MEF la reglamentación anual que establecerá el monto final, la modalidad de pago y las condiciones para su implementación.

El texto aprobado establece que las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad no podrán ser menores a S/300.
El texto aprobado establece que las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad no podrán ser menores a S/300. | Composición LR/ Difusión

El Congreso aprobó las condiciones para la entrega de gratificaciones y de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a los trabajadores bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS). La norma aprobada fija que las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad no podrán ser menores a S/300, pero deja en manos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aspectos centrales para su aplicación, como la forma de cálculo, los requisitos y el cronograma de pago.

La medida fue incorporada en el proyecto de ley de crédito suplementario por S/9.596 millones, aprobado la noche del martes 14 de julio por la Comisión Permanente del Congreso con 17 votos a favor, cinco en contra y cuatro abstenciones.

Además de financiar estos beneficios laborales, el crédito suplementario contempla recursos para inversiones en salud y educación, atención de emergencias y la organización de las Elecciones Regionales y Municipales de 2026.

MEF definirá el monto final y la forma de pago

El texto aprobado establece que las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad no podrán ser inferiores a S/300. Sin embargo, ese monto funciona como un piso mínimo y no determina que todos los trabajadores recibirán automáticamente esa suma ni que el beneficio equivaldrá desde el inicio a una remuneración completa.

La norma dispone que cada año fiscal el MEF deberá aprobar un decreto supremo que establezca el procedimiento de implementación, la forma y base de cálculo, los requisitos y las demás condiciones necesarias para el pago de las gratificaciones y la CTS.

En la práctica, el Congreso reconoció el derecho a estos beneficios, pero dejó al Ejecutivo la definición de los aspectos operativos. Será el reglamento del MEF el que determine cómo se calcularán los pagos, bajo qué criterios se aplicarán y desde cuándo empezarán a entregarse.

Uno de los puntos pendientes es si las gratificaciones se pagarán de manera completa desde el inicio o mediante un esquema gradual. Durante el debate, el MEF planteó que en 2026 los trabajadores CAS recibieran una gratificación equivalente al 10% de su remuneración mensual; en 2027, el 20%; en 2028, el 30%; en 2029, el 50%; y recién en 2030 el 100% de un sueldo.

Aunque esta propuesta no quedó incorporada en la versión final de la ley, la posibilidad de una aplicación progresiva permanece abierta debido a que la norma dejó la reglamentación en manos del ministerio.

En el caso de la CTS, el beneficio también fue reconocido para los trabajadores CAS. La ley establece que el cálculo deberá considerar el tiempo laborado desde el inicio del contrato CAS vigente, mientras que los detalles de su entrega serán definidos posteriormente.

Pago de CTS y gratificaciones CAS estará sujeto al presupuesto de cada entidad

La aplicación de estos beneficios dependerá también de la disponibilidad de recursos de cada entidad pública. Esto implica que el reconocimiento del derecho no significará necesariamente un pago inmediato, pues deberá ajustarse a la capacidad presupuestal de cada institución y a las reglas fiscales vigentes.

La norma señala que la implementación deberá respetar la programación multianual del presupuesto y las reglas macrofiscales. Para el Gobierno Nacional y los gobiernos regionales, el financiamiento durante el año fiscal 2026 se realizará con los recursos autorizados mediante el crédito suplementario aprobado por el Congreso.

En el caso de los gobiernos locales, serán las propias municipalidades las encargadas de cubrir el costo con sus presupuestos institucionales, sin solicitar transferencias adicionales al Tesoro Público.

Asimismo, las entidades que no dependen del Tesoro Público podrán financiar estos beneficios con recursos propios. Para ello, la ley permite, por única vez, exceptuarlas de algunas restricciones previstas en el Decreto Legislativo 1440, que regula el Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Además de las gratificaciones y la CTS para trabajadores CAS, el crédito suplementario por S/9.596 millones asigna recursos para otras prioridades del Estado durante el segundo semestre del año.

Entre ellas figura la continuidad de inversiones del Plan Mil en establecimientos de salud, el financiamiento de proyectos del Ministerio de Educación y medidas vinculadas al incremento de remuneraciones docentes. También contempla presupuesto para las propinas de cadetes y alumnos de la Policía Nacional, la atención de emergencias y la organización de las Elecciones Regionales y Municipales de 2026.

La aprobación del proyecto ocurrió luego de varias postergaciones por diferencias entre el Congreso y el MEF respecto a los anexos con proyectos de inversión. Finalmente, ante el cambio de legislatura, la Comisión Permanente decidió someter el dictamen a votación para evitar que el trámite tuviera que reiniciarse en el siguiente periodo parlamentario.

Con esta decisión, el Congreso dio luz verde a un beneficio esperado por miles de trabajadores CAS. Sin embargo, la aplicación efectiva de las gratificaciones y la CTS dependerá ahora del reglamento que emita el MEF y de la disponibilidad presupuestal de cada entidad pública.

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