
Los ciudadanos que adquieran un inmueble en Lima Metropolitana deben efectuar el pago obligatorio del impuesto de alcabala al Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima. Este tributo se aplica a las transferencias de propiedad de bienes inmuebles, incluso si la transacción se realiza entre particulares.
Para efectuar el pago, el contribuyente está obligado a gestionar previamente la liquidación del impuesto, procedimiento mediante el cual se determina el monto correspondiente con base en el valor del predio transferido. Esta liquidación es un paso indispensable para regularizar la propiedad a nombre del nuevo titular.
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El trámite de liquidación de alcabala se realiza presentando el documento de transferencia firmado por las partes y con la fecha exacta de la operación. También se deben incluir los formatos de Hoja de Resumen (HR) y Predio Urbano (PU), los cuales deben corresponder al predio y al año de la transferencia.
A través de la Agencia Virtual del SAT, el usuario debe consignar correctamente el tipo de contribuyente (persona natural o sociedad conyugal), declarar un domicilio fiscal ubicado en Lima Metropolitana y registrar adecuadamente los datos del predio involucrado. Además, debe solicitar tantas liquidaciones como personas intervienen en la transferencia.
Uno de los errores más frecuentes es no adjuntar un contrato firmado por ambas partes. También se observan equivocaciones al indicar el tipo de contribuyente o la dirección del predio. Para evitar retrasos o inconsistencias, es fundamental verificar que toda la información sea precisa y coincida con los registros del predio.
En cuanto a los formatos HR y PU, es importante que correspondan exactamente al predio transferido y al año vigente de la operación. El SAT recomienda revisar previamente estos documentos para asegurar que estén actualizados y correctamente completados antes de iniciar el trámite.
En algunas transferencias gestionadas mediante notarías, se exige la presentación de una constancia de no adeudo por parte del vendedor. Este documento certifica que el predio no tiene deudas pendientes ante el SAT. La solicitud se realiza de manera digital desde la Agencia Virtual SAT.
El procedimiento incluye ingresar al portal, acceder a la sección correspondiente y registrar la solicitud en la opción "Constancia de no adeudo". El trámite tiene un costo de S/1,80 por derecho de tramitación. Una vez completado, el solicitante recibirá un código de verificación y un enlace de descarga del documento.
Para consultas adicionales, el SAT de Lima habilitó canales de atención como el WhatsApp 999 431 111, la línea telefónica Aló SAT al (01) 315-2400, y sus redes sociales oficiales.
No pagar el impuesto de alcabala en Lima dentro del plazo establecido conlleva varias sanciones importantes: primero, se generan multas y recargos por mora que aumentan el monto total a pagar; segundo, la falta de pago impide la inscripción de la propiedad en los Registros Públicos, lo que bloquea la formalización legal de la transferencia y puede generar incertidumbre sobre la titularidad del inmueble; además, puede ocasionar retrasos en trámites relacionados como créditos hipotecarios o registros de garantías; finalmente, en casos extremos de incumplimiento prolongado, la municipalidad puede iniciar acciones legales o embargos que ponen en riesgo la propiedad del comprador.
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