
Los herederos de fonavistas fallecidos tienen la posibilidad de solicitar la devolución de los aportes realizados al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), incluso si el titular no dejó testamento. Para ello, deben cumplir con los requisitos y presentar la documentación necesaria en las agencias del Banco de la Nación.
El trámite permite que cónyuges, convivientes, hijos, padres, hermanos u otros familiares cercanos acrediten su vínculo con el titular fallecido y reclamen el beneficio. A continuación, te detallamos todo lo que necesitas saber para realizar el proceso de manera efectiva.
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Para iniciar el trámite de la devolución de aportes, el heredero del fonavista fallecido deberá presentar los siguientes documentos básicos:
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Además, basándonos en el vínculo con el fonavista fallecido, será necesario presentar documentación adicional:
En caso de que el beneficio económico supere las 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), será obligatorio presentar una sucesión intestada o testamento registrado en Sunarp.
El trámite en el Banco de la Nación puede demorar aproximadamente 65 días calendario, siempre que no existan observaciones ni oposiciones. Una vez presentada la solicitud, la Secretaría Técnica del Fonavi publicará los nombres de los beneficiarios acreditados, lo que da un plazo de 45 días calendario para que otros posibles herederos presenten reclamos o acrediten su derecho.
Es importante resaltar que el trámite es gratuito y no requiere intermediarios. Además, si el heredero es una persona con discapacidad o interdicto, su apoyo o curador deberá realizar el trámite presentando la documentación correspondiente que acredite su designación.
Para acceder a la información sobre los pagos, los exaportantes deben ingresar a la plataforma de la Secretaría Técnica del Fonavi. Los pasos son sencillos y están diseñados para que cualquier persona pueda verificar su estado. Si se confirma que son beneficiarios, deberán dirigirse a las agencias del Banco de la Nación con su documento de identidad.
De esta forma, podrás saber si están pendiente de cobro en el Banco de la Nación.
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El grupo Reintegro 3 del Fonavi, que originalmente estaba programado para ser anunciado a finales de marzo, se retrasará hasta abril de 2025 debido a diversos contratiempos que han surgido en el proceso de aprobación y publicación. Inicialmente, la Comisión Ad Hoc mencionó que la aprobación podría darse a finales de marzo, pero debido a varios imprevistos y cambios, la fecha tentativa ha debido ser postergada.
En esa línea, Jorge Milla, representante de los miles de fonavistas en Perú, indicó a La República que la fecha clave será el 3 de abril, día en el que se espera que se pueda finalmente aprobar el padrón y proceder con su publicación en el diario oficial El Peruano. Sin embargo, aún se tendrá que esperar para que más de 185.000 adultos mayores puedan cobrar en el Banco de la Nación.
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