La Asociación de Instituciones de Microfinanzas (Asomif) sostuvo que el proyecto de ley que prohíbe el cobro de comisiones por transferencias interbancarias sería inconstitucional, por lo que rechazó su aprobación en el Pleno del Congreso.
El presidente de Asomif, Jorge Delgado, manifestó que el cobro por transferencia cobra validez porque se debe "costear el trabajo de la Cámara de Compensación Electrónica (CCE)", una institución privada, normada y supervisada por el Banco Central de Reserva (BCRP) que canaliza las transacciones y hace posible un servicio transparente.
"El cobro de comisiones por transferencias interbancarias es el costo de la calidad y seguridad del servicio”, relató Delgado.
Previamente, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) consideró que “contraviene el artículo 59 de la Constitución Política del Perú, sobre la libertad de empresa, en particular sobre la libertad de organización que comprende la política de precios”.
Por su parte, la SBS afirma que “el Proyecto de Ley plantea una propuesta que no correspondería con el marco jurídico establecido en la Constitución Política del Perú” y que “resultaría discordante con este marco el obligar a ofrecer los servicios propuestos gratuitamente.”
“A mi juicio es un proyecto inconstitucional porque, por un lado, atenta contra el derecho a la libertad de contratación, que está protegido y reconocido por la Constitución peruana, así como también al libre mercado", declaró por su parte Erick Urbina, profesor de la facultad de Derecho de la Universidad de Lima.