¿No puedes retirar tu CTS? Esta es la diferencia entre el saldo contable y saldo disponible para verificar el abono
Conocer las características de estos conceptos es clave para entender en qué momento puedes utilizar el monto recibido y evitar inconvenientes por malas planificaciones.
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La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es uno de los beneficios laborales más esperados por los trabajadores cada año. Actualmente, las empresas tienen hasta el viernes 15 de mayo para realizar el primero de los dos depósitos anuales por este concepto, correspondiente a los meses trabajados entre noviembre de 2025 y abril de 2026.
En ese contexto, surge la importancia de comprender la diferencia entre los tipos de saldo que pueden aparecer en los registros bancarios, pues muchos usuarios pueden haber recibido el abono, pero no en todos los casos sería posible retirar el dinero en el acto, según alertó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
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Diferencia entre el saldo contable y saldo disponible
En el caso del saldo contable, este representa el monto total depositado a una cuenta bancaria, aun cuando una parte de ese dinero continúe en proceso de verificación interna por el banco y, por tanto, no esté habilitada para retiros o transferencias inmediatas.
Por su parte, el saldo disponible es la cantidad que ya fue procesada y, por ende, está libre para ser utilizado a tu disposición. De acuerdo con Sunafil, puede transcurrir cerca de 48 horas hábiles o dos días laborales completos, entre el depósito que se refleja en la cuenta y el momento en que el saldo total se habilita como disponible.
No depositar la CTS es una infracción grave
La entidad recordó que los empleadores que no depositen de forma íntegra y oportuna la CTS estarían cometiendo una infracción grave y podrían ser sancionados con multas que van desde los S/ 2.475 hasta los S/ 143.660, dependiendo de si es una pequeña empresa o una gran empresa (No Mype) y del número de trabajadores afectados.
Asimismo, resaltó que también configura una infracción grave el realizar el depósito en una entidad financiera distinta a la elegida por el trabajo, ya que esta comunicación es realizada con anticipación al empleador.
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