¿Te pueden sancionar si no usas escarapela en el trabajo durante Fiestas Patrias? esto dice la ley
Como todos los años, muchos centros de labores suelen decorar sus instalaciones durante las Fiestas Patrias de julio y, de igual forma, muchos empleados portan también su escarapela.
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Llega julio y el Perú se llena de fervor patriótico, pero surge una pregunta: ¿pueden las empresas exigir a sus trabajadores el uso de la escarapela? Como se sabe, cada año se celebran las Fiestas Patrias el 28 y 29 de julio, en donde la gran mayoría de ciudadanos porta un distintivo color rojo y blanco. Por ello, la escarapela toma un rol importante en estas fechas.
La escarapela, aunque ampliamente utilizada, no está reconocida oficialmente como un símbolo patrio en la Constitución del Perú. Por ello, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral aclara las dudas sobre si este elemento es de uso obligatorio o no en los centros laborales.
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¿Es obligatorio usar la escarapela en el trabajo?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) aclara que el uso de la escarapela es completamente voluntario y no está estipulado como una obligación en la normativa laboral actual. Esto implica que los empleadores no pueden exigir su uso ni sancionar a quienes opten por no llevarla.

La normativa vigente aclara que los empleadores no pueden sancionar ni obligar a sus trabajadores a usar la escarapela. Foto: Composición LR
Pese a que durante las celebraciones por las Fiestas Patrias, los espacios públicos y privados se visten de rojo y blanco, y la escarapela se convierte en un símbolo de identidad nacional, es fundamental entender que su uso no es obligatorio en el ámbito laboral.
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¿Qué pasa si vulneran los derechos laborales?
De acuerdo con la normativa laboral en Perú, asegura la protección de la dignidad y la libertad individual de los trabajadores. En caso de que un empleado se vea forzado a utilizar una escarapela en contra de su voluntad o reciba amenazas de sanciones por no hacerlo, tiene la opción de presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
La legislación vigente también prohíbe cualquier práctica que fomente la discriminación o que atente contra la libertad de conciencia. Esto incluye la imposición de símbolos u obligaciones que no tengan respaldo en el reglamento interno de trabajo o en normativas legales.
Si un trabajador se enfrenta a tales circunstancias, tiene el derecho de utilizar los canales formales de reclamo, ya sea de forma presencial o a través de medios digitales, como el portal de Sunafil o la línea de atención al ciudadano. Por último, es importante precisar que el uso de la escarapela es una manifestación voluntaria de patriotismo que cada trabajador puede decidir adoptar, sin que ello influya en su desempeño, evaluación o clima laboral.
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