Sociedad

Chiclayo: caso de general PNP tendría una pena superior a los 4 años de cárcel

Max García Esquivel y Ray Rolf Velásquez Calsín afrontan investigación por el presunto delito de cohecho pasivo impropio.

Max García y Ray Velásquez son denunciados por empresarios chiclayanos. Foto: Composición La República / Carlos Vásquez
Max García y Ray Velásquez son denunciados por empresarios chiclayanos. Foto: Composición La República / Carlos Vásquez

Recientemente, el fiscal anticorrupción Julio Taboada Ramón solicitó la ampliación de la detención preliminar del exjefe de la Segunda Macro Región Policial de Lambayeque, general PNP Max García Esquivel, y el suboficial Ray Rolf Velásquez Calsín, por el presunto delito de cohecho pasivo impropio. Esta medida cautelar vencerá este martes 2 de agosto y, entonces, la Fiscalía decidirá cuál será la situación judicial para ambos policías.

Escenario

En un escenario de posible pedido de prisión preventiva para García Esquivel y Velásquez Calsín, representantes del Poder Judicial de Lambayeque precisaron a este diario que se deben cumplir tres requisitos para que se declare fundado el requerimiento: que existan graves elementos de convicción de la comisión del delito, que haya peligro procesal y que la sanción prevista sea mayor de cuatro años.

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De acuerdo con la prognosis de la pena estimada por la Fiscalía Anticorrupción, a García Esquivel y Velásquez Calsín les correspondería una pena privativa de la libertad superior a los cuatro años de cárcel por el delito de cohecho pasivo impropio.

En la resolución judicial de detención preliminar, del 26 de julio de 2022, la Fiscalía señaló que “en cualquiera de los supuestos, la pena superaría ampliamente el quantum de los cuatro años exigidos por la norma”, por lo que la medida de arresto preliminar se justificaba.

Sanciones

Según el artículo 394 del Código Penal, el delito de cohecho pasivo impropio se sanciona en dos escenarios. El funcionario o servicio público que acepte o reciba donativo u otra ventaja indebida será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años e inhabilitación.

Así, el funcionario o servidor público que solicita, directa o indirectamente, donativo, promesa o cualquier otra ventaja indebida será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años e inhabilitación.

Caso

El viernes 15 de julio 2022, La República publicó un informe que contenía la denuncia de empresarios de discotecas en Chiclayo contra el general Max García y el suboficial Ray Velásquez por el presunto cobro de cupos. En este, se difundió el registro audiovisual del momento en el que una de las víctimas abonaba una coima a Velásquez Calsín, brazo derecho del entonces jefe de la Segunda Macro Región Policial de Lambayeque.

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