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Sociedad

Sunedu: ¿por qué el Poder Judicial declaró nula la contrarreforma universitaria y qué dijo el TC?

Acción de amparo presentada por Sunedu fue aprobada por el Poder Judicial y contrarreforma quedó sin efecto. Especialista advierte que el Congreso puede apelar sentencia a una segunda instancia.

Reclamo. Piden no volver al pasado y respetar la educación. Foto: John Reyes / La República
Reclamo. Piden no volver al pasado y respetar la educación. Foto: John Reyes / La República

El Poder Judicial, a través del Segundo Juzgado Constitucional de Lima, a cargo de la jueza Milagros Grajeda, declaró fundada la demanda de amparo solicitada por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), luego de que el Congreso aprobara por insistencia la ley que debilita el rol fiscalizador del organismo adscrito al Minedu y pone en peligro la calidad de la educación superior en el país.

Esta sentencia fue dada siete días después de que el Legislativo aprobara por insistencia la norma que pretende recomponer el consejo directivo de la Sunedu, además de quitarle su capacidad de supervisar el adecuado funcionamiento de las universidades.

¿Cuál fue el argumento del Poder Judicial?

La Resolución N° 16 señala que la aprobación de proyecto de ley por insistencia “constituye una verdadera amenaza al derecho a la educación y educación de calidad, la cual corresponde a (los) estudiantes universitarios”.

Además, se indica que el dictamen no reconoce los pronunciamientos antes emitidos por el Tribunal Constitucional, en los que ratifican la constitucionalidad de la Ley Universitaria. Es por ello que el Poder Judicial ordenó al Congreso de la República “observar el contenido de las decisiones emitidas por el organismo, ya que, “las modificaciones deben estar orientadas a reconocer lo avanzado y optimizar el derecho”.

En este sentido, la experta María Antonieta Gonzales explica que la base sobre la cual el PJ declaró nula la iniciativa impulsada por el congresista Esdras Medina es que el Tribunal Constitucional ya estableció que la Sunedu se creó de manera legal.

“O sea, no hay una aceptación a la autonomía de las universidades, sino por el contrario, frente a un conflicto entre el derecho a la educación superior y la autonomía de las universidades, tiene que primar el derecho a la educación. En tal sentido, si tú vas a legislar, siendo tus potestades las de legislar, tienes que hacerlo en el marco de lo que ya ha establecido el Tribunal Constitucional como cosa adjuntada”, señaló la constitucionalista, en diálogo con La República.

Esto significa que, por un lado, se debe respetar la existencia de un ente independiente, autónomo, especializado y técnico, como es la Sunedu. Si se ve pertinente hacer modificaciones, deben aplicarse sin contravenir lo que ya estableció el TC.

Sentencia puede ser apelada

Gonzales subraya que al Congreso le quedan opciones con las que puede insistir aún más con el golpe contra la reforma universitaria. Lo que puede hacer es apelar, ya que el veredicto se dio en una primera instancia. En otro caso, podría empezar de nuevo un proyecto de ley, “tratando de buscar cuáles son las salidas dentro de lo que el mismo TC ha señalado”.

Ahora, ellos igual pueden decir: ‘El Poder Judicial no me puede limitar en mi derecho a legislar’, lo cual es incorrecto (…). En verdad, nadie está inafecto al control de lo que establece la constitución, entonces más allá de lo que el Poder Legislativo quiera hacer, no puede hacerlo desconociendo las disposiciones y los límites que establece la constitución. A partir de ahí es que el TC se ha pronunciado en relación a la educación, diciendo: ‘No puedes dar una educación universitaria que no sea de calidad’”, puntualizó.

En este contexto, la experta enfatizó los dos ámbitos de la educación, “no solamente está el derecho, sino también el servicio público, el cual tiene que responder a ciertos criterios: disponibilidad, calidad, accesibilidad, aceptabilidad”. Si estos criterios no son respondidos, entonces el país estaría enfrentando un problema constitucional más grave, tal cual lo advirtió el Tribunal Constitucional.

“Ni la ANR (extinta Asamblea Nacional de Rectores del Perú), ni Conaju (Consejo Nacional de la Juventud) pudieron subsanar los problemas de la educación, porque había una interferencia directa en los intereses de las universidades, que la conformaban con la ANR, porque tampoco hacían un seguimiento ni supervisión a los servicios que se prestaban, por eso es que aparece la Sunedu”, acotó.