Sociedad

Agustín Lozano: PJ realizará juicio oral contra presidente de la FPF por negociación incompatible

Fiscalía pide 4 años de cárcel para exalcalde del distrito de Chongoyape. Sesión fue programada para este jueves 31 de marzo en horas de la mañana.

Mano derecha. La Junta Directiva presidida por Agustín Lozano tendrá como primer vicepresidente a Víctor Raúl Rojas. Foto. difusión
Mano derecha. La Junta Directiva presidida por Agustín Lozano tendrá como primer vicepresidente a Víctor Raúl Rojas. Foto. difusión

El Décimo Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo realizará este jueves 31 de marzo el juicio oral contra el actual presidente de la Federación Peruana de Fútbol (FPF) y el exalcalde del distrito de Chongoyape, Agustín Lozano Saavedra, por los presuntos delitos de negociación incompatible y falsedad ideológica. La sesión fue programada para las 8.30 de la mañana.

De acuerdo a la resolución n.° 2 del expediente judicial n.°14189-2018-86-1706-JR-PE-10, Lozano Saavedra deberá asistir de modo obligatorio a la sesión judicial, pues de lo contrario podría ser declarado reo contumaz y ordenarse su captura.

Además, el juzgado precisó que la audiencia de inicio de juicio oral se realizará de manera presencial en la sala de audiencia n.° 23, del Poder Judicial de Lambayeque, ubicado en la avenida José Leonardo Ortiz.

De igual forma, se ha citado a al menos 9 personas en condición de testigos para el juicio oral, quienes podrán justificar su inasistencia presencial en caso sean vulnerables al coronavirus.

El Ministerio Público atribuye a Agustín Lozano de haber suscrito de modo irregular un convenio de cooperación interinstitucional con el club deportivo Juan Aurich, a través del cual cedió en alquiler el estadio municipal por la ínfima suma de 500 soles.

Los hechos ocurrieron cuando el Juan Aurich utilizaba el estadio municipal de Chongoyape para jugar sus partidos oficiales de la segunda profesional del fútbol peruano.

Por estos hechos, la fiscal anticorrupción Karim Ninaquispe Gil solicita que el exalcalde sea sentenciado a 4 años de pena privativa de libertad en agravio del Estado.