Tribunal Constitucional dispone que detenidos no sean exhibidos en ruedas de prensa
El mandato busca proteger el derecho a la presunción de inocencia de los acusados.
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El Tribunal Constitucional (TC) ha resuelto que las personas detenidas e investigadas por algún hecho delictivo sean tratadas como personas inocentes, mientras no exista un pronunciamiento definitivo de las autoridades jurisdiccionales que revierta esta condición.
Esta disposición se halla en la sentencia 973/2021, ubicada dentro del expediente Nº 02825-2017-PHC/TC, proceso de hábeas corpus interpuesto por Eleodoro Rojas Carhuallanqui contra el Ministerio del Interior, con el fin de suspender una rueda de prensa en la que iba a ser presentado como integrante de la organización criminal “La gran familia del centro”.
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En el documento también se estipula que la Policía Nacional y entidades competentes deberán abstenerse de “presentar en ruedas de prensa a las personas que han sido detenidas porque vulnera el principio de presunción de inocencia”.
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El TC consideró que la exhibición de personas involucradas en un delito —las cuales llevan un proceso judicial y aún no reciben una sentencia condenatoria— generan juicios de valor en relación con los hechos.
A su vez, para el TC, cuando esta exhibición ocurre en las ruedas de prensa, se incentivan y fortalecen los estigmas, ya que las personas capturadas necesariamente deben llevar chalecos antibalas de “detenido” o “procesado”.
“La lucha contra la criminalidad organizada – o, agregaríamos, contra la delincuencia en general – no exige, para su materialización, que una persona ya detenida sea expuesta públicamente ante los medios de comunicación”, argumentó el TC en la sentencia.
De acuerdo a las cifras de la PNP, en el Perú durante el año 2021 se registraron 11 delitos por cada hora.





















