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Sociedad

Congreso propone proyecto de ley para que padres puedan elegir orden de apellidos de sus hijos

Este proyecto tiene como objetivo el reconocimiento del Estado a la libertad de todo adulto de cambiar el orden de sus apellidos.

Este proyecto de ley buscaría modificar los códigos 20 y 21 del Código Civil. Foto: Andina
Este proyecto de ley buscaría modificar los códigos 20 y 21 del Código Civil. Foto: Andina

La congresista Betssy Chávez, con la firma de sus colegas de la bancada Perú Democrático, presentó un proyecto de ley que modifica diversos artículos del Código Civil, para que los padres puedan elegir el orden de los apellidos de sus hijos en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

“Al hijo o a la hija le corresponde el primer apellido del padre y el primero de la madre. El orden de prelación de los apellidos se da por voluntad de los padres y por mutuo acuerdo antes de su inscripción. En caso de no existir acuerdo, precederá el apellido paterno al materno”, señala la propuesta en la modificatoria del artículo 20°.

Con respecto al artículo 21°, sobre la inscripción del nacimiento, la propuesta legislativa señala que “cuando el padre o la madre efectúe separadamente la inscripción del nacimiento del hijo o hija nacido fuera del vínculo matrimonial, podrá revelar el nombre de la persona con quien lo hubiera tenido”.

“En este supuesto, el hijo o hija llevará el apellido del padre o de la madre que lo inscribió y el primer apellido del presunto progenitor, en el orden que establezca la madre o el padre que efectúa la inscripción, en este último caso no establece vínculo de filiación”, agrega.

Asimismo, señala que cuando la madre no revele la identidad del padre, podrá inscribir a su hijo o hija con sus apellidos.

Finalmente, en relación a los hijos adoptados, el proyecto de ley establece que el menor podrá llevar los apellidos del o la adoptante.

“El hijo o la hija de uno de los cónyuges o concubinos puede ser adoptado o adoptada por el otro. En tal caso, lleva como primer apellido el del padre adoptante y como segundo el de la madre biológica, o el primer apellido del padre biológico y el primer apellido de la madre adoptante, según sea el caso”, detalla la propuesta.

Este proyecto surge de una sentencia del Tribunal Constitucional que dispone que Reniec emita el DNI correspondiente a una mujer adulta que, desde su nacimiento, había tenido como primer apellido el de la madre, puesto que el padre nunca estuvo presente en su vida, cuando el registro le exigía consignar el apellido del padre.

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