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MTC pretende aclarar: “Empadronamiento de taxis colectivos no otorga autorización”

El ministerio señaló que solo las empresas constituidas para brindar ese servicio podrán acceder a la autorización “siempre y cuando cumplan con todos los requisitos y exigencias”.

Sutrán registrará a colectivos por un plazo de 30 días calendario. Foto: Andina
Sutrán registrará a colectivos por un plazo de 30 días calendario. Foto: Andina

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) manifestó este martes que el empadronamiento de los taxis colectivos no significa que se les otorgue algún tipo de autorización para prestar dicho servicio.

“La inscripción en el padrón no otorga ningún tipo de autorización ni habilitación para prestar el servicio de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo”, se lee en una reciente nota de prensa.

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Asimismo, señaló que “solo” las empresas debidamente constituidas para brindar el referido servicio podrán acceder a la autorización, “siempre y cuando cumplan con todos los requisitos y exigencias”.

“La autorización para realizar el servicio de taxis colectivos a las empresas constituidas será por un periodo de cuatro años, prorrogable por un plazo máximo de tres años más, y se obtendrá una vez que se apruebe el Reglamento de la Ley 31096, según se precisa en la Resolución Ministerial n.° 1354-2021-MTC/01.02″, continúa dicho texto.

Este pronunciamiento del MTC se da horas después de que se conozca que, a través de la Resolución Ministerial n.° 1354-2021, aprobó la creación del mencionado padrón. En el artículo cuarto se menciona que las “personas jurídicas que hayan cumplido con el empadronamiento previsto pueden obtener la autorización para prestar el servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo”, lo que generó una ola de críticas.

A raíz de ello, ese ministerio agregó que la finalidad de ese padrón será conocer las condiciones en las que trabajan las personas y empresas que realizan taxi colectivo.

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