Sociedad

Loverboy, la modalidad de “enamoramiento” para captar víctimas de trata de personas

Esta modalidad de captación tiene como principales víctimas a mujeres y niñas, como dos menores que fueron explotadas sexualmente por un mismo sujeto. Pese a denunciarlo, la justicia les dio la espalda a ambas. Una vez absuelto, replicó el mismo patrón y captó a una tercera adolescente.

Los loverboys captan mujeres para explotarlas con diferentes fines, configurando el delito de trata de personas. Foto: composición / La República
Los loverboys captan mujeres para explotarlas con diferentes fines, configurando el delito de trata de personas. Foto: composición / La República

Dos menores de edad, ilusionadas por un sujeto que inesperadamente llegó a sus vidas, fueron víctimas de trata de personas (TdP) bajo la modalidad del loverboy. Un hombre las enamoró para captarlas y posteriormente manipularlas con argumentos como que “los querían separar”. Una vez afianzados los vínculos, en muy poco tiempo las aisló de sus núcleos familiares hasta sustraerlas con el fin de explotarlas sexualmente. No lo comprendían aún, pero aquel sujeto era su perpetrador.

Un loverboy no tiene un perfil específico, pero hay ciertas características que se pueden tomar en cuenta para identificarlos. Usualmente son hombres que generan atracción a sus posibles víctimas y podrían ser la primera pareja sentimental de estas. Tienden a ser “serviciales, prestos a escuchar y a dedicarles tiempo”. En algunos casos, pueden complementar las atenciones emocionales con dinero o regalos.

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Primera víctima enamorada

En 2016, una menor de 13 años conoció a un individuo a solo unas cuadras de su vivienda. Después de interactuar por algún tiempo, iniciaron una relación que se convertiría en una tortura. “Fue captada a través del enamoramiento, posteriormente la obligó a irse de su hogar y la retuvo varios días”, se lee en la manifestación policial de la agraviada. Además, se menciona que fue abusada y violentada sexualmente.

Cuando su madre fue a denunciar la desaparición a la Policía Nacional del Perú (PNP), le indicaron que no podían aceptarla pues no habían transcurrido 24 horas desde el último contacto. Una irregularidad a todas luces, pues existía la Ley 29685 (hoy derogada), donde se precisaba que la acción de las autoridades debía ser inmediata.

La Ley 29685 estuvo vigente desde el 2011, pero actualmente ya fue derogada. Foto: difusión / Defensoría del Pueblo

La Ley 29685 estuvo vigente desde el 2011, pero actualmente ya fue derogada. Foto: difusión / Defensoría del Pueblo

Mientras la adolescente estuvo en cautiverio, sufrió maltrato físico y sexual. También fue forzada a vender sus pertenencias personales. Pero no era suficiente, cuando el dinero se terminó fue inducida por su agresor a cortarse el cabello para obtener más recursos. Transcurrió un mes y medio hasta que logró retornar a su domicilio. Ya sabiéndose en un lugar seguro, reveló el martirio que había vivido.

Para Joel Jabiles Eskenazi, coordinador de la Unidad Contra la Trata de Personas y Trafico Ilícito de Migrantes de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), “lo que se busca con el vínculo emocional o sentimental es obtener un beneficio para sí mismo o para terceros. La relación no es la finalidad de la interacción, sino la forma en cómo esta persona va a generar un control sobre la víctima”.

Loverboy reincidente

A finales de 2018, este mismo perpetrador volvería en su rol de loverboy e iría por una menor de 15 años. La captación fue a través de redes sociales, medio por el cual mantuvieron comunicación durante meses. En febrero del 2019 se daría el primer encuentro y este le pediría que fueran enamorados.

No se exagera al decir que la historia se repite, aunque de acuerdo al estado de esta segunda víctima, se puede evidenciar que el tratante incrementó sus niveles de violencia. Paso a paso repitió el guion de su delito: aislar a su víctima, sustraerla mediante engaños y manipularla con una posible separación. Cuando ya no pudo sostener el cautiverio en su posición de pareja, iniciaron las amenazas en contra de la familia.

“El procesado la obligó a mantener relaciones sexuales, ya que le manifestó, al igual que a la (otra) agraviada, que si tenían un hijo, ya no le podían hacer nada. [...] Ante el temor de ser agredida, ya que este le mostraba en ocasiones un trato hostil, (ella) accedió”, señala el expediente.

Mientras la adolescente estuvo retenida, también fue obligada a vender sus pertenencias personales incluyendo su cabellera. Tiempo después ubicaron a la menor deambulando lejos de su distrito de origen y en condiciones infrahumanas. El médico legista certificó lesiones que habrían sido originadas por violencia sexual, indicando que debía recibir atención médica y descanso.

Los loverboys son perpetradores que, a diferencia de otras modalidades de TdP, no siempre eligen a sus posibles víctimas por encontrarse en estado de desprotección. Además, si bien pueden usar medios tradicionales para contactarse, por estos días emplean las redes sociales de forma más frecuente.

Prevención de Trata de Personas (TdP) la OIM. Foto: captura / OIM

Prevención de Trata de Personas (TdP) la OIM. Foto: captura / OIM

“El tema de las redes sociales es clave, asegurarse de quiénes son tus amigos y evitar exponer información personal, porque sabemos (como en este caso) que los loverboys son estrategas. Es gente que tiene un patrón de conducta, un método, un modus operandi, no es causalidad”, advirtió el especialista de la OIM.

Historia que pudo evitarse

Cuando los dos casos narrados en este informe se denunciaron en el 5° Juzgado Penal de San Juan de Lurigancho (SJL), se sustentó el delito de TdP con fines de explotación sexual en provecho propio. El expediente contenía elementos que definían un patrón de conducta y un mecanismo delictivo; sin embargo, el juez a cargo decidió desestimarlo. Este determinó que había “consentimiento” para mantener relaciones sexuales por existir una “relación de enamorados” y argumentó que lo sucedido era propio de las dinámicas de una “relación tóxica”.

Los derechos del niño, niña y adolescente (NNA), considerados un fin supremo y priorizados por el artículo 4 de la constitución, se vieron vulnerados por la justicia. Las víctimas no encontraron respuesta a sus denuncias por no existir sometimiento a terceros, el tratante quedó libre y más menores terminaron expuestas a pasar por lo mismo.

Así sucedió a fines de 2019, cuando el perpetrador absuelto atacó a otra adolescente, reproduciendo cada paso sin olvidar ningún detalle, incluso la venta del cabello. Este nuevo caso reafirmaba la tesis fiscal que había sido denegada, pero no podían dejarlo nuevamente en las calles, por lo que mediante otra dependencia del Ministerio Público (MP) iniciaron un proceso por violación sexual y lograron la prisión preventiva del agresor. Mientras, el caso por TdP rechazado en primera instancia fue apelado y aún aguarda por una resolución.

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