Defensa o venganza, la polémica en torno a la sentencia del hombre que mató a un perro en Arequipa

Abogados penalistas opinan sobre la condena dispuesta por el Poder Judicial contra el sujeto que mató a un can que atacó y mordió a su hija.

PODER JUDICIAL - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA

Un ciudadano fue sentenciado a dos años y seis meses de pena privativa de la libertad por ser autor del delito de actos de crueldad contra un animal doméstico con consecuencia de muerte. El hecho ocurrió 26 de noviembre del 2018 en El Pedregal, Arequipa.

Este falló causó polémica porque el imputado Héctor Martín Champi Huyhua, quien confesó el delito, refirió que el perro previamente mordió a su menor hija en diferentes partes del cuerpo. El can fue hallado muerto al día siguiente del ataque a la menor.

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La República conversó con los abogados penalistas Juan de Dios Medina y Gonzalo Bellido sobre el fallo emitido por el Poder Judicial. Ambos coinciden en que el juez actuó de acuerdo a lo que ley estipula.

Para Juan de Dios Medina, se desprenden dos aspectos. En primer lugar, la Ley 30407 Ley de Protección y Bienestar Animal está vigente del año 2014, con lo cual antes del acto se conocía que ya existía una norma prohibitiva y sancionadora que protege a los animales domésticos.

El segundo aspecto es que la muerte del can se produjo después del ataque como venganza y no en legítima defensa de la menor. “Tendría que haber sido la muerte del perro en el acto mismo, en el cual estaba mordiendo a su propia hija, ahí hubiéramos hablado de una legítima defensa por el bien jurídico mayor, pero ese no ha sido el contexto”, refirió.

Gonzalo Bellido coincide con lo dicho por su antecesor. Precisa que si la persona hubiera ejercido la defensa en el momento del ataque, sería inimputable, pero en este caso se ejerció la justicia por la propia mano. “Si el hombre fue al día siguiente y mató al perro, eso no es en defensa propia. Es, obviamente, que fue a sancionar al perro por lo que había hecho”, manifiesta.

Responsabilidad del dueño

Ambos abogados penalistas sostienen que la familia puede demandar a la dueña del perro por el ataque a la niña. Juan de Dios Medina refiere que el Código Civil sanciona a personas a las que su animal ocasiona un daño a terceros. Esto está sujeto a daños y perjuicios.

Por su parte, Gonzalo Bellido señala que el juez también podría disponer que se aperture una investigación contra la propietaria. “Si la dueña del perro sabe que es agresivo y lo suelta, y el perro lesiona a la niña, la dueña del perro responde por lesiones culposas”, precisa.

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