Política

Congreso busca inhabilitar y acusar por abuso de autoridad a la Junta de Fiscales Supremos

Los congresistas Fernando Rospigliosi (FP), José Cueto (HD) y Alfredo Azurín (SP) presentaron una denuncia constitucional contra los fiscales supremos Delia Espinoza, Juan Villena, Pablo Sánchez y Zoraida Ávalos por haber defendido sus competencias frente a la ley que faculta a la PNP a dirigir la investigación preliminar de delitos.

Cuatro fiscales supremos en la mira del Congreso. La razón: haber defendido sus fueros constitucionales.
Cuatro fiscales supremos en la mira del Congreso. La razón: haber defendido sus fueros constitucionales.

Otro ataque al sistema judicial. Los congresistas Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular), José Cueto (Honor y Democracia) y Alfredo Azurín (Somos Perú) presentaron una denuncia constitucional contra la titular del Ministerio Público, Delia Espinoza, y los fiscales supremos Juan Villena, Pablo Sánchez y Zoraida Ávalos, por haber defendido sus competencias ante la ley que faculta a la Policía Nacional del Perú (PNP) a dirigir las investigaciones preliminares de delitos.

La denuncia constitucional de estos tres congresistas señala que los cuatro integrantes de la Junta de Fiscales Supremos cometieron infracciones a la Constitución y abuso de autoridad. De esta manera, plantean un proceso de antejuicio y juicio político que tiene como máximas sanciones la imputación de delitos y la inhabilitación de la función pública.

El 11 de octubre, el exfiscal de la Nación, Juan Villena, rechazó la ley que faculta a la PNP a dirigir indagaciones preliminares y recalcó que existe una demanda de inconstitucionalidad sobre decretos legislativos de similar índole que está pendiente de resolverse en el Tribunal Constitucional (TC).

En diciembre del 2023 el Ejecutivo publicó los decretos legislativos 1592, 1604, 1605 y 1611 para que la PNP conduzca las pesquisas preliminares. En mayo de este año, el Ministerio Público presentó una demanda de inconstitucionalidad ante el TC contra estas normas.

En setiembre el Congreso aprobó la Ley 32130 que faculta a la PNP a liderar las investigaciones, pese a que la Constitución faculta la dirección al Ministerio Público. La norma fue promulgada por Dina Boluarte en medio del paro de transportistas por la ola de delincuencia en nuestro país.

"Vamos a esperar que el Tribunal Constitucional decida si estas normas son constitucionales o no y nosotros respetaremos lo que expida", manifestó Villena a la prensa.

"Estamos estudiando (la ley que faculta a la PNP dirigir investigaciones). Hay una demanda de inconstitucionalidad respecto a unos decretos legislativos que se expidieron a inicios de año y que tienen la misma idea, la misma inconsistencia que a nuestro entender vulnera las facultades constitucionales", agregó Villena.

El 11 de setiembre la Junta de Fiscales Supremos, Fiscales Provinciales y coordinadores de Fiscalías Especializadas y Equipos Especiales del Ministerio Público emitieron un pronunciamiento señalando que la Ley 32130 es inconstitucional.

La denuncia constitucional llegará a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso, que preside la legisladora María Acuña, de Alianza Para el Progreso (APP), donde el fujicerronismo y sus bancadas aliadas tienen la mayoría suficiente para emprender otro zarpazo contra los altos funcionarios del sistema judicial.

Otra demanda de inconstitucionalidad contra esta ley

El Colegio de Abogados de La Libertad presentó el 14 de octubre una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 32130 porque vulnera el artículo 159 de la Constitución que señala que le corresponde al Ministerio Público la conducción de las investigaciones de presuntos delitos.

 TC dividido definirá si es constitucional o no que la PNP lidere las investigaciones preliminares.

TC dividido definirá si es constitucional o no que la PNP lidere las investigaciones preliminares.