Congreso: proponen acusar a presidentes por delitos contra la administración pública y violación sexual
La bancada de Acción Popular busca introducir una nueva causal a las ya establecidas en el artículo 117 de la Constitución, con el fin de acusar penalmente a mandatarios en “determinados supuestos”.
La bancada de Acción Popular, por idea del congresista Luis Aragón, presentó el último lunes 29 de agosto una iniciativa legislativa de reforma constitucional para modificar el artículo 117 de la Constitución Política del Perú que permita “acusar al presidente de la República por los delitos contra la administración pública y por violación de la libertad sexual”.
Por medio del proyecto de ley n° 2911/2022-CR, Luis Aragón busca modificar la carta magna fin para “introducir una nueva causal” y así acusar a los jefes de Estado por los delitos citados. Esto, con el propósito de “combatir los actos de corrupción” en el país.
Es así que se busca agregar un nuevo motivo para una acusación penal contra un presidente a los ya expuestos en la actual constitución por traición a la patria, impedir elecciones presidenciales o municipales, disolver el Congreso (salvo en casos previstos en el artículo 134) e impedir el funcionamiento del Parlamento, el Jurado Nacional de Elecciones, entre otros organismos.
“En tanto el presidente de la República se encuentre en ejercicio de sus funciones, no resultará posible acusarlo penalmente por conductas distintas de las que han sido precisadas según la disposición constitucional”, se lee en el proyecto.
En efecto, la propuesta considera que las actuales causales para una acusación constitucional permite la continuidad de un mandatario y asegura la estabilidad de su cargo “evitando que sea perturbado por intereses políticos”.
No obstante, tomando en cuenta un análisis realizado por la Defensoría del Pueblo, el proyecto de ley considera que tanto el presidente de la República como otros altos funcionarios “pueden ser sancionados por la comisión de todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en estas”.
Reunión. Legisladores de AP tendrán hoy una reunión para escuchar la versión de los mencionados por Karelim López. Foto: Gerardo Marín/La República
“El artículo 117 precisa que la prohibición de persecución penal del presidente en funciones no es absoluta, dado que se permite la acusación penal en determinados supuestos y, más allá de eso, no impide que se puedan realizar diligencias de investigación preliminares contra el mandatario por la posible comisión de cualquier delito”, acota el documento.
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La propuesta recuerda que hace más de 30 años “la política peruana decae”, ya que expresidentes están, hasta la fecha, envueltos en escándalos de corrupción. Entre estos figuran Francisco Morales Bermúdez, Alan García, Alberto Fujimori, Ollanta Humala, Alejandro Toledo, Pedro Pablo Kuczynski, Martín Vizcarra y el actual jefe de Estado, Pedro Castillo.
“Se debe tener en cuenta que la mayoría de expresidentes intentaron fugarse del país y ocultar evidencias que podrían contribuir a su juzgamiento inmediato; por ello, los procesos penales son interminables y a la fecha solo dos de ellos cuentan con al menos una sentencia y purgan o purgaban condena en un establecimiento penal”, expresa el proyecto.