Endurecen penas por celulares y extorsión desde los penales
Aseguran que la Ley n.° 32684 fortalecerá la lucha contra la criminalidad organizada dentro de las cárceles y centros juveniles. Las penas van desde 15 hasta 25 años por el uso de telefonía en los reclusorios para cometer extorsión.
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La Ley 32684, aprobada por el Congreso, propone una reconfiguración del sistema punitivo peruano para terminar con la impunidad y, según afirman, fortalecer la lucha contra la criminalidad organizada dentro de los penales y centros juveniles, ya que modifica el Código Penal y el Código de Ejecución Penal, y endurece las penas contra la extorsión y el uso de celulares en cárceles.
Al generar cambios en la legislación penal, establece de 15 hasta 25 años de prisión por extorsión agravada desde penales y de 8 hasta 12 años por ingresar equipos de comunicación. Si lo hace una autoridad, abogado o servidor público, la pena es de 10 a 15 años, más inhabilitación.
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En este sentido, la norma propone cerrar la 'puerta giratoria' que permite que personas condenadas 'sigan delinquiendo una y otra vez'.
Así, se elevaron mínimos y máximos en una amplia lista de delitos. 'La pena de los delitos tiene que ser acorde al daño causado', fundamentan las autoridades.
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Entre los casos más relevantes, desde el 2 de julio se endurecen las sanciones contra quienes ingresen y utilicen celulares u otros dispositivos dentro de las cárceles y centros juveniles.
La norma tipifica nuevas agravantes: los internos que porten o faciliten armas y explosivos, armas blancas o materiales tóxicos tendrán una condena de 8 a 15 años.

El endurecimiento también alcanza el uso indebido de telecomunicaciones por internos, con penas de 8 a 10 años, aunque transmitir voz o datos con servicios no autorizados, o cometer delitos que atenten contra la seguridad nacional o el orden público, se castiga con 12 a 15 años de prisión.
Además, la ley exige a las empresas operadoras brindar apoyo técnico para detectar y neutralizar las señales dentro de estos recintos.
Diversas instituciones del sistema de justicia advirtieron durante el debate parlamentario sobre algunos vacíos de técnica legislativa que podrían generar retos para su aplicación procesal. Uno de los puntos de mayor análisis es la posible afectación al principio del non bis in ídem (no ser sancionado dos veces por el mismo hecho).
Esto ocurre al endurecer el delito de extorsión agravada (art. 200.6) y, en paralelo, penalizar el uso de telecomunicaciones para delinquir (art. 368-D).
Asimismo, desde la dogmática penal se observó la equiparación del intento de ingresar un teléfono con el delito plenamente consumado (art. 368-A), lo que abre el debate sobre la proporcionalidad de la pena.
Por otro lado, la reforma incorpora disposiciones en el Decreto Legislativo 1688 y señala que las operadoras de telecomunicaciones deben brindar apoyo técnico para el bloqueo de señales penitenciarias.
Sobre este extremo, Osiptel y los gremios del sector expresaron sus reservas e indicaron que la medida traslada obligaciones operativas de seguridad estatal hacia el sector privado. Además, advirtieron sobre la viabilidad técnica y el riesgo de afectar la continuidad del servicio de telecomunicaciones para la ciudadanía que reside en las zonas urbanas colindantes a los penales.
El capítulo de omisión de denuncia por autoridades, es decir, no denunciar la existencia de equipos no autorizados, alcanza entre cuatro y 8 años, más inhabilitación.
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La posesión de celulares no autorizados, es decir, cuando un interno posea o trafique con un celular no autorizado, o si con el celular se comete o intenta cometer un delito, se sanciona con 3 a 8 años y con 10 a 15 años, respectivamente.
Actualmente, ¿cómo serán los procedimientos operativos? 'Durante los operativos, la PNP junto con el personal penitenciario, incautará los equipos sin acceder a su contenido', dice un funcionario del Inpe.
'No se accederá al contenido, mensajes ni información de los equipos incautados. El acceso a la información solo se realizará con autorización judicial', precisa a La República.
El objetivo es impedir que las organizaciones criminales operen desde prisión.






















