Mario Vizcarra tras ser excluido de las Elecciones 2026: “Una decisión sin pies ni cabeza (…) No me van a doblegar”
El Jurado Electoral Especial declaró improcedente la inscripción de la lista presidencial de Perú Primero al considerar que Vizcarra tiene una sentencia firme por peculado, restricción prevista en la Ley Orgánica de Elecciones.
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Mario Vizcarra cuestionó la decisión del Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro que declaró improcedente la inscripción de la lista presidencial de Perú Primero y lo dejó fuera de las elecciones generales 2026. A través de un pronunciamiento en sus redes sociales, aseguró que no dará marcha atrás y confía en que la decisión sea revertida.
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"Lo del JEE es realmente inaudito: primero admiten mi lista y luego aceptan la tacha. Una decisión sin pies ni cabeza que ignora la ley. Confiamos plenamente en que el JNE pondrá orden, corregirá este despropósito y hará respetar la Constitución. ¡No me van a doblegar!", escribió.
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Foto: x/ Mario Vizcarra
El JEE resolvió excluir la fórmula presidencial de Perú Primero tras declarar fundadas las tachas presentadas contra Vizcarra, debido a una sentencia firme por el delito de peculado emitida en 2005. Según el organismo electoral, la Ley Orgánica de Elecciones establece un impedimento expreso para postular a cargos de elección popular a personas condenadas por delitos contra la administración pública, incluso si cuentan con rehabilitación judicial.
En la resolución, el Jurado Electoral Especial sostuvo que la restricción busca garantizar la idoneidad y probidad de quienes aspiran a ejercer la presidencia de la República. Además, precisó que dicha prohibición se mantiene vigente, debido a que el Tribunal Constitucional no ha declarado inconstitucional el artículo correspondiente de la norma electoral. Por este motivo, el JEE declaró improcedente la lista presidencial en su conjunto, lo que dejó fuera de carrera a Perú Primero.
Esta no es la primera vez que la candidatura del hermano de Martín Vizcarra enfrenta observaciones. Días atrás, otro Jurado Electoral Especial ya había declarado inadmisible su postulación al Senado por la misma razón.
Cabe recordar que Luz Pacheco, presidenta del Tribunal Constitucional (TC), afirmó en días previos que Mario Vizcarra “tendría impedimentos para postular” debido a la sentencia firme por peculado que pesa en su contra, y señaló que las restricciones para sentenciados por corrupción conservan vigencia incluso si estos han sido rehabilitados, según el criterio de sentencias previas del propio TC.
Razones del JEE para excluir a Mario Vizcarra
En primer término, el Jurado Electoral Especial sostuvo que la interposición de las tres tachas contra Vizcarra no vulnera su derecho a la participación política, ya que dichas restricciones responden a criterios de razonabilidad, necesidad y proporcionalidad.
Asimismo, precisó que la finalidad de la inhabilitación permanente para quienes han sido condenados por el delito de peculado es garantizar que la administración pública esté integrada por funcionarios íntegros y con idoneidad para el ejercicio del cargo.
De igual modo, el JEE recordó que el Tribunal Constitucional no declaró la inconstitucionalidad de la Ley 30717 y que, en su pronunciamiento de 2022, el máximo intérprete de la Constitución se refirió únicamente a los casos vinculados a condenas por terrorismo y apología del terrorismo. Este fue el principal sustento del partido Perú Primero para solicitar que las tachas fueran declaradas infundadas, argumento que finalmente no fue acogido.
En la resolución, el colegiado señaló que, conforme a la normativa constitucional, legal y reglamentaria vigente, los fundamentos de las tachas se sustentan en la infracción de los requisitos exigidos para la fórmula o candidatura, establecidos en la Ley Orgánica de Elecciones y en otras disposiciones legales y constitucionales, por lo que resultan compatibles con el impedimento previsto en dicha norma.
Finalmente, el JEE indicó que si bien el Tribunal Constitucional exhortó a no excluir candidatos de los procesos electorales, dicha recomendación estuvo dirigida al Jurado Nacional de Elecciones y no a los jurados electorales especiales, por lo que no resulta aplicable a su actuación en este caso.























