
Accomarca: Corte Suprema reconoce al Estado peruano como tercero civil responsable en caso de la masacre
Decisión permitirá que los familiares de las víctimas de Accomarca puedan acceder a una reparación económica tras años de omisiones judiciales.
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La Corte Suprema de Justicia reconoció al Estado peruano como tercero civilmente responsable en el caso de la masacre de Accomarca. Esta decisión abrió la posibilidad de que los deudos de las víctimas accedan a una reparación económica, algo que hasta la fecha se les había negado por una omisión judicial en la sentencia original.
En declaraciones exclusivas para La República, Carlos Rivera, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), señaló que, aunque la sentencia fue dictada el pasado 31 de agosto de 2016 y confirmada por la Corte Suprema en 2018, no se declaró al Estado como tercero civil responsable. Esta omisión impidió que los familiares pudieran reclamar la indemnización, a pesar de que el Estado ya había sido declarado tercero civil responsable en 2005, cuando inició el proceso judicial.
"En realidad hemos estado tratando de resolver un asunto que fue un olvido del tribunal que emitió la sentencia. El tribunal se olvidó de declarar al estado como tercero civil responsable y lamentablemente ese hecho fue determinante para que los familiares de las víctimas no tengan ninguna posibilidad de reclamar ningún tipo de indemnización", comentó Rivera.
Ante esta situación, en 2019 el equipo legal de las víctimas solicitó una aclaración para corregir el error. Sin embargo, el trámite se vio interrumpido por la pandemia y los documentos se perdieron estancando el procedimiento. No fue hasta el año pasado que se logró reactivar el pedido ante la Corte Suprema.
En 2024, el máximo tribunal solicitó la opinión de un fiscal supremo, quien confirmó que el Estado había sido correctamente señalado como tercero civil responsable en 2005. La Corte realizó una sesión en marzo y emitió la resolución que reconoce formalmente la corresponsabilidad del Estado.
El fundamento de la corresponsabilidad del Estado
Rivera explicó que el fallo de la Corte Suprema se basa en que los autores de la masacre eran funcionarios públicos que actuaron en el marco de una orden militar. Entre ellos se encontraba el general Mori Orso; el jefe del Estado Mayor, Nelson González Feria, los tenientes Juan Rivera Rondón y Telmo Hurtado Hurtado; y seis soldados del Ejército.
"En el juicio se acreditó que los autores del crimen lo hicieron en tanto y en cuanto tenía la condición de funcionarios públicos (...) El titular intérprete dice que efectivamente eran funcionarios públicos, fue una operación en el marco de una orden militar y, por lo tanto, está acreditada que hay una corresponsabilidad del Estado peruano", señala el abogado.
Esta resolución implica que la responsabilidad no recae únicamente sobre los individuos condenados, sino también sobre el Estado como entidad que amparó el accionar de los integrantes de las Fuerzas Armadas en un contexto de violencia y represión.
Los deudos recibirán una reparación civil
Los deudos de las víctimas de la masacre de Accomarca, tras esta resolución, podrán acceder finalmente a una reparación económica. Carlos Rivera señaló que, aunque la sentencia no lo establece de forma explícita, el Estado tendría que asumir por lo menos el 50% del total del pago de las reparaciones.
"Y dado que estamos en un juicio de materia penal, esa corresponsabilidad se determina en el sentido de que hay una obligación de pago de la reparación civil de manera conjunta con la persona que ha sido condenada por esos delitos (...) Si bien cierto eso no lo dice la sentencia, pero al haber dos responsables, por lo menos el estado se deberá hacer de la responsabilidad de pagar por lo menos el 50% de todas las reparaciones civiles. Eso es lo que se ha logrado, se ha logrado la posibilidad de que accedan a una reparación las víctimas de un crimen como el de Accomarca", precisó.
En total, son 62 familias la que podrán iniciar el proceso de cobro de las indemnizaciones que les fueron negadas durante años por una omisión judicial, y cuyo valor asciende a los 150 mil soles.