Congreso: proponen que peruanos en el extranjero tengan 6 congresistas
Según la propuesta impulsada por Renovación Popular, serían dos representantes por Estados Unidos y Canadá; dos por Europa, Asia y África; y dos por los países de América Latina.
La bancada de Renovación Popular presentó dos proyectos de ley que proponen aumentar el número de congresistas del distrito electoral de peruano en el exterior y habilitar la posibilidad del voto postal. Así, la cantidad aumentaría de dos a seis parlamentarios. La propuesta fue presentada por el legislador Jorge Zeballos Aponte.
La iniciativa legislativa 1662/2021-CR plantea la modificación del artículo 21 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y elevar a seis los escaños que actualmente tiene dicha circunscripción.
De acuerdo con la propuesta, los escaños se dividirían de la siguiente manera: dos representantes por Estados Unidos y Canadá; dos por Europa, Asia y África; y dos por los países de América Latina.
En la exposición de motivos se señala que los peruanos en la cantidad de curules no satisface la cantidad de peruanos en el exterior, ya que asciende a 3.200.000 ciudadanos y aproximadamente 1 millón de electores. Por ello, sostiene que se estaría vulnerando el principio de proporcionalidad.
Por otro lado, la propuesta 1663/2021-CR propone modificar los artículos 224, 225, 233, 238 y 239 de la Ley Orgánica de Elecciones con la finalidad de que los peruanos en el extranjero, de manera excepcional, “puedan hacer uso del voto postal anticipado”.
Esta modalidad consiste en la emisión del voto por el ciudadano en una cédula que solicita previamente y, luego de ejercer su derecho, la devuelve mediante vía postal o de correo al consulado en que se encuentra inscrito, dentro de los términos establecidos en el reglamento correspondiente.
Cabe resaltar que, de acuerdo con la iniciativa, el voto postal solo es aplicable en elecciones generales y referéndum. El proceso electoral contaría con cuatro etapas y terminaría cuando los sobres fueran entregados al consulado de turno en un plazo máximo de tres días previos al día del proceso electoral.