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Política

TC deja al voto demanda de inconstitucionalidad por ley que limita la cuestión de confianza

De no alcanzar un mínimo de 5 votos en el pleno del Tribunal Constitucional, la demanda será rechazada por el fondo y se considerará infundada.

Ejecutivo sostiene que la Ley N° 31355 quiebra el equilibrio de poderes entre el Ejecutivo y el Congreso.  Foto: Carlos Contreras Merino / La República
Ejecutivo sostiene que la Ley N° 31355 quiebra el equilibrio de poderes entre el Ejecutivo y el Congreso. Foto: Carlos Contreras Merino / La República

Este miércoles, el Tribunal Constitucional (TC) dejó al voto la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Ejecutivo en contra de la ley que limita sus facultades al recortar los motivos para plantear una cuestión de confianza. Dicha ley fue aprobada por insistencia del Congreso en octubre de 2021 y ahora el TC deberá decidir si está dentro del marco constitucional.

De acuerdo con la iniciativa aprobada en el Parlamento, el Ejecutivo está impedido de presentar la figura de cuestión de confianza en temas referidos a la aprobación de una reforma o competencias que son exclusivas del Legislativo.

Durante la sesión, que se desarrolló a partir de las 9.30 a. m., expresaron sus puntos de vista la defensa legal del Parlamento y el procurador Luis Huerta. Al término del encuentro, el tribuno Eloy Espinosa-Saldaña preguntó al procurador si la interpretación de la cuestión de confianza se debe hacer a través de una ley o una reforma constitucional.

“El Tribunal Constitucional ha señalado que la cuestión de confianza es un contrapeso que puede llevar al Congreso a su desarrollo (…) Solo se puede ser objetivo en una reforma constitucional”, dijo el procurador Huerta.

Demanda sobre la cuestión de confianza fue presentada en el 2021

El último 22 de octubre del 2021, el Ejecutivo presentó ante el TC una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 31355, que interpreta la cuestión de confianza regulada en los artículos 132 y 133 de la Carta Magna.

La demanda explica, en sus motivos, que la norma aprobada por el Congreso quiebra el principio de separación de poderes establecido por la Constitución y rompe el equilibro y balance de poderes entre el Poder Ejecutivo y el Congreso de la República.

Si no se logran los cinco votos para declarar una norma inconstitucional, la demanda se declara infundada, o sea, se rechaza por el fondo, y la norma sigue considerándose constitucional. De ahí la importancia del debate de mañana y de la discusión interna nuestra a partir del jueves”, aclaró entonces Espinosa-Saldaña.