Madre acusa a su hija de robar parte de la herencia familiar: sacó dinero de la cuenta tras la muerte del padre
Una disputa por una herencia familiar ha llevado a un proceso legal que culminó en 2025. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de España resolvió que no hubo delito.
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Una disputa por el reparto de una herencia ha encendido una controversia familiar que terminó en los tribunales. El caso fue impulsado por la denuncia de una madre que acusó a su hija de apropiación indebida, luego de que esta retirara 4.000 euros el mismo día en que murió su padre, de una cuenta bancaria compartida entre ambos progenitores.
El proceso judicial, que se prolongó durante años y continuó tras la muerte de la denunciante, fue finalmente resuelto en febrero de 2025 por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. La resolución estableció que no se trataba de un delito penal, sino de un conflicto civil, sentando un precedente en torno a los límites legales de las herencias en España y el uso de cuentas bancarias conjuntas.
La acusación: 94 mil euros retirados de la cuenta familiar
El conflicto comenzó con una denuncia presentada en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Quart de Poblet. La madre de la acusada alegó que su hija había sustraído no solo los 4.000 euros retirados el día del fallecimiento del padre, sino también cantidades mayores durante años, alcanzando un total de 94.000 euros. Según la denunciante, ese dinero debía formar parte de la herencia familiar.
Sin embargo, antes de que el caso llegara a su desenlace, la madre falleció. Fue entonces su hijo —hermano de la acusada— quien asumió la acusación particular para continuar con el proceso judicial. La causa escaló hasta la Audiencia Provincial de Valencia, donde fue analizada la legalidad de las operaciones financieras realizadas por la hija.
La sentencia definitiva emitida por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana determinó que no se trataba de una apropiación indebida. La clave de la decisión radicó en que la cuenta bancaria era de titularidad compartida entre los padres, lo que permitía a cualquiera de los dos acceder al dinero sin requerir autorización previa o posterior.

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El fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana
En su fallo, el tribunal explicó que no se habían presentado pruebas suficientes que demostraran una conducta delictiva. De hecho, aclaró que la titularidad conjunta de la cuenta autorizaba a ambos cónyuges a disponer libremente de los fondos depositados en ella. Por tanto, al no poder demostrar que la hija actuó de forma ilícita, el caso no encajaba dentro del ámbito penal.
La resolución subrayó que este tipo de disputas, aunque puedan implicar grandes tensiones familiares, deben resolverse por la vía civil. Así lo sostuvo la sala, al señalar que se trataba de una discrepancia sobre el reparto de bienes tras el fallecimiento de uno de los titulares de la cuenta, no de una apropiación con intención dolosa.
Este pronunciamiento jurídico refuerza la línea jurisprudencial que evita criminalizar conflictos patrimoniales relacionados con las herencias en España, siempre que no exista un elemento claro de engaño o fraude.