Tejidos tafetán bajo la lupa: Indecopi evalúa si importaciones desde China evitan pagar derechos antidumping vigentes
El Indecopi inició un procedimiento para determinar si tejidos tafetán mezcla provenientes de China estarían eludiendo derechos antidumping vigentes mediante ligeras modificaciones en su composición, lo que podría afectar a la producción nacional.
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El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) anunció el inicio de un procedimiento de examen para determinar presuntas prácticas de elusión en las importaciones de tejidos de ligamento tafetán mezcla provenientes de China. La evaluación es realizada por la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales no Arancelarias (CDB).
La medida se da luego de que, en noviembre de 2021, la institución impusiera derechos antidumping sobre estos productos por cinco años para corregir distorsiones en el mercado nacional. El nuevo proceso busca verificar si las importaciones ingresan con modificaciones menores para evitar el pago de estas sobretasas.
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Derechos antidumping vigentes desde 2021
En noviembre de 2021 se estableció la aplicación de derechos antidumping sobre los tejidos de ligamento tafetán mezcla por un periodo de cinco años, con el objetivo de corregir distorsiones detectadas en el mercado nacional. Estas sobretasas fueron implementadas para restablecer condiciones de competencia frente a las importaciones del producto.
El procedimiento actual se origina como una revisión posterior a esa medida. La Comisión detectó indicios razonables que justifican evaluar si, tras la imposición de los derechos, comenzaron a registrarse importaciones con características similares que podrían estar ingresando al país bajo nuevas presentaciones.
Cambios en composición y posibles indicios de elusión
El examen, formalizado mediante la Resolución N.º 064-2026/CDB-INDECOPI, busca comprobar si los tejidos están ingresando con ligeras modificaciones en su composición, específicamente mediante la sustitución del algodón por rayón viscosa. A pesar de este cambio, los productos mantendrían prácticamente las mismas características físicas y los mismos usos comerciales.
Además, la Comisión observó que estos tejidos comparten los mismos canales de comercialización, la misma clasificación arancelaria y la materia prima predominante de los productos que actualmente están sujetos a derechos antidumping. Estos elementos constituyen indicios que apuntan a una posible modalidad de elusión.
Flujos de importación, precios y posible ampliación de medidas
Durante la evaluación se identificaron cambios en los flujos de importación posteriores a la aplicación de los derechos antidumping en 2021. Asimismo, se detectaron precios significativamente más bajos en los productos con ligeras modificaciones en su composición, lo que podría incidir negativamente en la efectividad de las medidas vigentes.
“De comprobarse la existencia de prácticas de elusión, la Comisión podrá disponer la ampliación de los derechos antidumping establecidos en 2021 a las importaciones de tejidos con ligeras modificaciones en su composición, conforme a lo previsto en el artículo 3 de la Ley Antielusión”, puntualizó el Indecopi.


































