Si fallece un afiliado de la ONP, ¿quiénes son los beneficiarios que pueden acceder a una pensión?
La ONP reconoce, califica, liquida y paga los derechos pensionarios conforme al marco legal. Además, informa y orienta sobre trámites. Pero si un afiliado fallece, ¿quiénes acceden a pensión?
- Cronograma de pagos para trabajadores públicos en enero 2026: consulta aquí las fechas oficiales para cobrar en el Banco de la Nación
- Este es el país que más compra pavita peruana en el mundo, pero ya desarrolla su propia variedad

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) es un organismo técnico y especializado del Sector Economía y Finanzas, responsable de administrar el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), regulado por el Decreto Ley N.° 19990, así como otros regímenes previsionales, entre ellos el Régimen de Seguridad Social para Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, creado mediante la Ley N.° 30003.
Escucha la noticiaTexto convertido en audio
También, de acuerdo con la Ley N.° 26790 y sus disposiciones complementarias, ofrece un Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) destinado a afiliados que realizan labores de alta peligrosidad. También gestiona el reconocimiento y transferencia de aportes al Sistema Privado de Pensiones (AFP) a través de Bonos de Reconocimiento y Bonos Complementarios.
TE RECOMENDAMOS
¿COMPETENCIA REAL EN PENSIONES O GATOPARDISMO FINANCIERO? | #ECONOW CON EDUARDO RECOBA
Si fallece un afiliado de la ONP, ¿quiénes son los beneficiarios que pueden acceder a una pensión?
A través de la red social Instagram, la ONP informó que, en caso de fallecimiento de un afiliado, ciertos familiares pueden acceder a una pensión. Según lo indicado, la esposa, el esposo o la pareja conviviente pueden solicitar una pensión de viudez.
Los hijos tienen derechos una pensión de orfandad, mientras que los padres pueden acceder a una pensión de ascendencia.
Además, si no corresponde el otorgamiento de una pensión, se puede solicitar el capital de defunción. Esta solicitud puede realizarse desde cualquier lugar mediante una videollamada. Adicionalmente, la entidad pública precisó que es falso que se pierdan los aportes si la persona afiliada no llega a cumplir los 65 años.
¡Sigue a La República en WhatsApp! Únete a nuestro canal desde tu celular y recibe las noticias más importantes de Perú y el mundo en tiempo real.
























