Economía

Sunat fiscalizará ingresos de pequeños negocios que usen Yape y Plin a partir de los S/45.000

Debido al aumento del uso de billeteras digitales por pequeños negocios, Sunat reforzará el monitoreo de sus ingresos. La falta de declaración podría ocasionar la suspensión de sus cuentas.



Sunat fiscalizará negocios que superen ganancias de S/45.000 anualmente y que no declaren ingresos.
Sunat fiscalizará negocios que superen ganancias de S/45.000 anualmente y que no declaren ingresos. | Foto: composición LR / Perú Retail

Los ingresos generados por pequeños negocios a través de Yape y Plin serán objeto de fiscalización si superan los S/45.000 al año. Esta medida, que tiene como objetivo regularizar estas transacciones, se implementará cuando los comerciantes no emitan comprobantes de pago ni reporten sus ingresos.

Las cuentas de estas personas quedarán bajo observación cuando el monto anual supere ese umbral. En caso de una revisión por parte de la Sunat, se compararán los movimientos bancarios y la información registrada en las billeteras digitales con la declaración de ingresos.

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¿A partir de qué fecha Sunat empezará a fiscalizar los ingresos por Yape y Plin?

Según el abogado tributarista Fernando Zegarra, en una entrevista para Latina, la fiscalización de la Sunat no es un proceso nuevo, ya que se aplica desde hace varios años. Sin embargo, “gracias a las tecnologías de la información ha cobrado más fuerza. Además, todas las personas son fiscalizables si cuentan con DNI”.

Estos procedimientos se enmarcan dentro de la facultad de la Sunat para revisar el historial tributario de hasta cuatro años atrás. Las y los comerciantes deberán estar alerta, pues si la entidad detecta un desbalance, podrá sancionarlos por evasión de impuestos.

¿Quiénes están obligados a declarar a la Sunat?

Toda persona que ofrezca un servicio o bien, incluso si tiene una pequeña empresa, debe declarar sus ingresos. Aunque la Sunat se enfoque principalmente en negocios que superan los S/45.000 en ganancias anuales, también deben reportarse las ventas, por más pequeñas que sean.

Asimismo, los pagos realizados están sujetos al Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), una especie de “huella” que deja constancia de los ingresos y equivale al 0,005% del monto total de la operación. Si esta tasa se incrementa de forma repentina, los bancos informarán a la Sunat, que podría tomar medidas más estrictas para controlar el flujo de dinero y, luego, embargar la cuenta.

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