Economía

Herederos del Fonavi en Perú deben cumplir con estos requisitos para hacer su solicitud y cobrar la devolución en 2025, vía Banco de la Nación

Los herederos de fonavistas fallecidos pueden solicitar la devolución de aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) sin necesidad de testamento. Este proceso requiere cumplir ciertos requisitos.

Herederos de fonavistas fallecidos pueden acceder al cobro de la devolución de aportes. Foto: Composición LR/Andina.
Herederos de fonavistas fallecidos pueden acceder al cobro de la devolución de aportes. Foto: Composición LR/Andina.

Los herederos de fonavistas fallecidos tienen la posibilidad de solicitar la devolución de los aportes realizados al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), incluso si el titular no dejó testamento. Para ello, deben cumplir con los requisitos y presentar la documentación necesaria en las agencias del Banco de la Nación.

El trámite permite que cónyuges, convivientes, hijos, padres, hermanos u otros familiares cercanos acrediten su vínculo con el titular fallecido y reclamen el beneficio. A continuación, te detallamos todo lo que necesitas saber para realizar el proceso de manera efectiva.

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Fonavi: ¿cuáles son los requisitos que deben cumplir los herederos para cobrar la devolución de aportes?

Para iniciar el trámite, el heredero del fonavista deberá presentar los siguientes documentos básicos:

  1. DNI del solicitante (heredero).
  2. Declaración jurada donde se manifieste la condición de heredero, declarando que no existen otros beneficiarios con igual o mayor prioridad. En caso contrario, deberán incluirse todos los beneficiarios en el mismo documento.
  3. Partida de defunción certificada del fonavista fallecido, con no más de 30 días de antigüedad.

Además, basándonos en el vínculo con el fonavista fallecido, será necesario presentar documentación adicional:

  • Cónyuge o conviviente: copia certificada de la partida de matrimonio o certificado de unión de hecho (SUNARP).
  • Hijos: copia certificada de la partida de nacimiento.
  • Padres o hermanos: partida de nacimiento del solicitante y del fonavista fallecido.

En caso de que el beneficio económico supere las 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), será obligatorio presentar una sucesión intestada o testamento registrado en Sunarp.

Herederos del Fonavi cobran en 2025: ¿cuánto tiempo demora en validar la documentación?

El trámite en el Banco de la Nación puede demorar aproximadamente 65 días calendario, siempre que no existan observaciones ni oposiciones. Una vez presentada la solicitud, la Secretaría Técnica del Fonavi publicará los nombres de los beneficiarios acreditados, lo que da un plazo de 45 días calendario para que otros posibles herederos presenten reclamos o acrediten su derecho.

Es importante resaltar que el trámite es gratuito y no requiere intermediarios. Además, si el heredero es una persona con discapacidad o interdicto, su apoyo o curador deberá realizar el trámite presentando la documentación correspondiente que acredite su designación.

Devolución Fonavi en marzo 2025: ¿quiénes pueden cobrar?

Actualmente, los fonavistas correspondientes a la Lista 21 ya pueden hacer el cobro de la devolución de aportes. Para ello, primero deben verificar en la página web de la Secretaría Técnica del Fonavi si integran parte el padrón:

  1. Ingresa a la web oficial de la Secretaría Técnica del Fonavi
  2. Ir a la opción 4, denominada 'Consulte AQUÍ si es beneficiario del Primer Grupo de Pago - Diciembre 2024'.
  3. En tipo de documento, seleccionar cualquiera de las opciones disponibles
  4. Digitar el número de DNI
  5. Colocar el código captcha
  6. Clic en consultar
  7. Si eres uno de los beneficiados, solo necesitas acercarte al Banco de la Nación más cercano y hacer efectivo el cobro.

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