Bonos en enero 2024: estos son los subsidios que pagará el Gobierno
Descubre los bonos del Gobierno peruano para enero 2024. ¡Beneficios esenciales para personas vulnerables!
Con el inicio del año 2024, las miradas se vuelven hacia la continuidad de los bonos en Perú. La Ley 31912, promulgada en octubre, aprobó subsidios fundamentales que buscan afrontar desafíos económicos y responder a situaciones de emergencia.
Sin embargo, no todos se continuarán dando el próximo año, se mantendrán el Bono del Pescador Artesanal y el Bono de Arrendamiento para Emergencias. Te detallamos cómo funcionan y cuáles son los requisitos para acceder.
➤ Bono del Pescador Artesanal de S/700
El Decreto de Urgencia n.º 038-2023 dio luz verde para la entrega del segundo Bono del Pescador Artesanal, una asistencia económica de S/700 destinada destinado a más de 47.500 pescadores artesanales en el país por medio del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (Fondepes).
La distribución se realizará hasta el 28 de febrero a través del Banco de la Nación, a quienes cumplan con los siguientes requisitos:
- Dedicarse formalmente a la actividad pesquera artesanal, de acuerdo al Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo n.º 012-2001-PE.
- Debe formar parte del padrón de beneficiarios de los pescadores artesanales.
- No recibir beneficios de otros programas sociales.
➤ Bono de Arrendamiento para emergencias
En un esfuerzo preventivo, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) mantiene activo el Bono de Arrendamiento para Emergencias (BAE) de S/500. Este subsidio, diseñado para las familias en zonas de riesgo por el fenómeno El Niño, se entregará mensualmente durante un máximo de dos años.
El objetivo principal es proporcionar a los damnificados la capacidad de arrendar una nueva vivienda. Te detallamos los documentos que debes presentar.
- La solicitud de otorgamiento del Bono de Alquiler de Vivienda para Emergencias (BAE).
- Declaración jurada que indique que no tienes una vivienda distinta a la colapsada o inhabitable ubicada en el departamento de origen (Lima).
- El contrato de arrendamiento de la vivienda suscrito con el arrendador de la misma, tienen que llevar las firmas legalizadas ante el juez de paz o notario público.