Denuncian que Caja Piura y Mapfre buscan no pagar seguro de desgravamen
Negligencia. A pesar de que la usuaria falleció por causas no previsibles, la entidad financiera se niega a activar la cobertura. Familiares han recurrido al Indecopi.
María Angélica (59 años) fue diagnosticada con cáncer endometrial en estado avanzado y se preparaba para iniciar una intensiva terapia de quimioterapia la semana siguiente luego de tres meses hospitalizada. Sin embargo, falleció apenas dos días después de su diagnóstico, el 15 de mayo de 2022.
Su hijo, Erick, desde el momento en que su madre se enfermó, se hizo cargo de los costos médicos, de organizar el sepelio tras su deceso y, a nivel emocional, padecía cuadros de estrés, así como el duelo por la pérdida de un familiar.
Pero los desafíos y el calvario apenas comenzaban. En diciembre de 2017, María había solicitado un crédito con Caja Piura, en la sede de Chiclayo. Durante años, cumplió puntualmente con los pagos del préstamo que incluía un seguro de desgravamen proporcionado por la aseguradora Mapfre. Este servicio está diseñado para cubrir la deuda contraída con una entidad financiera en caso de fallecimiento o invalidez total y permanente del asegurado para que, de este modo, sus herederos queden liberados de la obligación de pago.
Cuando Erick intentó hacerlo efectivo, se encontró con una negativa. La razón fue que María había marcado, cuatro años atrás, dos casillas en el cuestionario del contrato con la aseguradora que indicaban que no padecía de enfermedades como diabetes, hipertensión, problemas circulatorios, neurológicos, epilepsia, renales, parálisis, entre otras. No obstante, su muerte fue causada por un cáncer, una condición que no estaba relacionada con las respuestas en el formulario.
“Respondieron que no lo iban a pagar porque mi madre había marcado en el cuestionario de Mapfre que no tenía hipertensión, diabetes, entre otros. Pero mi mamá no falleció por esas enfermedades, ella estuvo internada por un sangrado, que finalmente el médico me dijo que era un cáncer de endometrio”, denunció Erick a La República.
Ausencia de regulación
Ante esta negligencia, Erick y su abogada Zunilda Perleche procedieron a denunciar el caso ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), ente encargado de velar por los derechos del consumidor. Entre las razones, alegaron que no era posible que, en 2017, María tuviera conocimiento de que padecería de cáncer. A esto se suma que, en Chiclayo, Mapfre no cuenta con ninguna sede ni siquiera dentro de las oficinas de CMAC Piura.
Primera denuncia ante Indecopi. Fuente: LR
“Nos dimos con la sorpresa de que no hay oficinas de Mapfre en Chiclayo y que María no había pasado por ningún diagnóstico o prueba previa. Luego de insistir, pudimos acceder a que nos mostraran el contrato completo, que no era tampoco el original, sino una hoja borrosa con algunas marcas. Incluso, nos hizo dudar si era la firma de María”, precisó Perleche.
Pese a la evidencia presentada, Indecopi falló en contra de la denuncia. Para Erick, la sensación fue como un duro golpe por parte de un organismo que debería regular a las empresas.
“Me siento abandonado como un ciudadano común frente a los grandes staff de abogados de estas grandes compañías. Hemos tenido que seguir gastando dinero, y ya estábamos endeudados por los costos médicos y funerarios”, lamentó.
Pruebas contundentes
A pesar de todo, Erick y su abogada decidieron seguir con su denuncia formal y presentaron un recurso de apelación ante Indecopi el 9 de junio de este año, pero esta vez agregaron el análisis de un perito especializado.
“Hemos tenido que buscar a un perito forense libre, que cobro S/10.000. Fui al colegio médico, pregunté a colegas, hasta que pude encontrar uno en Chiclayo. Muchos me decían que dejará el tema, pero yo quería llegar hasta el final”, relató Erick.
Los resultados del perito Juan Alfredo Loayza fueron contundentes: el fallecimiento de María fue por consecuencias no previsibles y de curso progresivo, además, conforme con el historial médico, no habían sido identificadas con anterioridad y no se contaba con antecedentes personales ni clínicos.
Asimismo, se indicó que la enfermedad no guarda relación de causalidad con padecimientos anteriores y que la muerte no se debe a causas previas, sino por cáncer de endometrio y enfermedad pulmonar intersticial.
Informe médico pericial de parte sobre estado de salud y causas de muerte. Foto: LR
“En suma, por principios de correspondencia y proporcionalidad encontramos que las enfermedades que originaron el fallecimiento de la señora no eran conocidas antes del año 2017 y aún más NO fueron conocidas antes del 2021, y las cuales fueron de evolución rápida, y mortal. Concluyéndose con esto que las causas de muerte de la paciente no tiene(n) relación o nexo de causalidad alguna con los antecedentes previos al 2014 en la paciente”, se lee en el documento.
Con estos resultados, Erick está a la espera de la siguiente resolución de Indecopi, que deberá ser presentada en los próximos 120 días. Por mientras, sigue asumiendo un pago mensual de cerca de S/3.000.
“Un fallecimiento te marca la vida, nunca pensé perder a mi mamá. Lo del banco ha sido un maltrato, reclamó un derecho justo, pero ellos ven la muerte como si fuera algo comercial”, advirtió.
Características de los seguros por muerte o invalidez
Según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), los seguros de desgravamen dependen de la póliza contratada, pero mayormente pueden no aplicarse en caso de suicidio, accidente en situación de embriaguez o bajo influencia de drogas por participación en deportes riesgosos, entre otras razones.
Para Jaime Delgado, abogado especializado en derecho al consumidor, también podría omitirse en caso una persona tenga conocimiento de que tiene una enfermedad terminal y lo oculte. Lo que no es caso de María, como muestra el reporte forense.
"Lo que se denuncia es que siempre las compañías de seguros buscan la exclusión. Ese es un comportamiento muy habitual, por eso es que la gente no cree en las aseguradoras, porque cuando tienes una siniestralidad siempre están buscando la manera de no pagar”, apuntó Delgado a este medio.
Responsabilidad compartida
Es importante señalar que la abogada Perleche indicó que tanto Caja Piura como Mapfre tienen responsabilidad sobre la negligencia de su cliente. “La entidad financiera no puede deslindarse. Hay una conciliación por vender el seguro de desgravamen, ambas entidades ganan una comisión”, agregó.
De acuerdo con información de Indecopi, desde fines del 2019 hasta la fecha, el sector seguros acumula 1.266 sanciones por un monto que asciende a 1.569,99 UIT (unidad impositiva tributaria) y es el quinto sector con más multas.
Por su lado, Mapfre es la tercera aseguradora más reportada y acumula 20 infracciones por una suma de 24,52 UIT. Por su parte, Pacífico Seguros lidera la lista con 51 sanciones y 51,7 UIT; le sigue Rímac Seguros con 24 penalidades que alcanzan los 36,68 UIT.
La Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S. A. C, en el 2022, registró 262 quejas. De enero a junio de este año, acumula 137 reclamos de usuarios.