CTS 2023: ¿cuándo se paga y hasta qué fecha hay plazo para retirar el dinero?
Aún falta depositar una vez más la CTS en el Perú. A continuación, conoce la fecha del próximo depósito y todos los detalles para disponer de este dinero extra.
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La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social depositado dos veces al año y que protege a los trabajadores registrados en planillas si es que renuncian o son despedidos. Al respecto, la ley N.º 31480 promulgada en el 2022 autoriza a que ellos puedan liberar hasta el 100% de los fondos de su CTS, pero ¿hasta cuándo pueden hacerlo? En esta nota, despejamos esta duda y te mostramos el procedimiento para que puedas disponer de tu dinero sin problemas.
▷ CTS 2023: ¿hasta cuándo puedo retirar este dinero extra?
De acuerdo a la ley 31480, que se aprobó en mayo del 2022, los trabajadores tienen como plazo máximo hasta el 31 de diciembre del 2023 para retirar el 100% de los depósitos acumulados en su CTS. Luego de esa fecha, si es que no se aprobó una ampliación, los trabajadores están impedidos de acceder a dicho dinero hasta que culminen su vínculo con el empleador.
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Recordemos que las empresas efectúan el pago de la CTS dos veces al año. La primera ya fue depositada en mayo y la siguiente será en noviembre. En ese sentido, el monto puede variar según el tiempo laborado en la compañía y el salario que recibes.
▷ ¿Cómo calculo el dinero de mi CTS?
Para calcular el monto de la Compensación por Tiempo de Servicios que les corresponde por ley a los trabajadores en planilla, debes considerar la remuneración computable. Esto se refiere a la remuneración básica, la asignación familiar (si es el caso), la totalidad de horas extras del último semestre divididas entre seis y la gratificación.
Por ejemplo, si el trabajador gana el sueldo mínimo vital que asciende a S/1.025, el cálculo sería de la siguiente forma:
- Remuneración por considerar: S/1.025
- 1/6 gratificación: S/170,83
- Tiempo de servicios: seis meses
La suma de estos montos equivale a S/1.195,83 que se divide entre dos y el resultado final por concepto de CTS es S/597,92. En el caso de que quieras realizar un cálculo más rápido del monto de tu CTS, puedes revisar la calculadora de La República.
▷ CTS 2023: ¿cuáles son los pasos para retirar este dinero extra?
Si un trabajador decide retirar su CTS, puede hacerlo de forma presencial o a través de medios virtuales en el banco, financiera, caja municipal o donde se encuentre depositada esta compensación. A continuación, ten en cuenta estos pasos:
- Envía una solicitud a la entidad financiera donde está depositada tu CTS. Si el trámite es presencial, acércate al banco y utiliza sus cajeros, ventanilla o conversa con un asesor, portando tu DNI y la tarjeta de la cuenta.
- Especifica si quieres hacer un retiro parcial o total del dinero en la CTS, así como la cuenta en la que deseas recibir el pago.
- Una vez que recibas la solicitud, la entidad financiera tiene un plazo de dos días hábiles para efectuar la transferencia del dinero a la cuenta indicada.
- Recuerda que el retiro puede ser total o parcial en tu respectiva cuenta de depósito de CTS. En el caso de que quieras pasar tu dinero a otra cuenta, lo puedes hacer mediante transferencias a una cuenta en el mismo banco o una interbancaria.
▷¿Cuándo realizarán el siguiente depósito de la CTS?
Según la Sunafil, la CTS se paga dentro de los primeros 15 días en los meses de mayo y noviembre:
- Del 1 de noviembre al 30 de abril: depósito de mayo.
- Del 1 de mayo al 31 de octubre: depósito de noviembre.
Es decir, que el miércoles 15 de noviembre de este año vence el plazo para que los empleadores depositen la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores.
▷ ¿Quiénes no tienen derecho a recibir la CTS?
De acuerdo a ley, no tienen derecho a recibir el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios:
- Los trabajadores que laboran menos de cuatro horas diarias.
- Los trabajadores que perciben remuneración anual integral.
- Los que perciben el 30% o más de las tarifas que paga el público.
- Los trabajadores del régimen laboral agrario que han optado por cobrar su CTS conjuntamente con su remuneración (Ley 30110 y DS 005-2021-Minagri).
- Los trabajadores de la microempresa contratados después de su inscripción de la empresa en el REMYPE.

























