Tanto los ministerios de Justicia y Salud argumentaron que el caso debe ser legislado en el Congreso. Y la misma postura la tuvo el representante del Seguro Social de Salud. Finalmente, el juez Jorge Ramírez Niño de Guzmán adelantó que no podrá resolver el caso en el plazo de ley debido a la “trascendencia del caso” y por la alta carga procesal.
Tener la certeza de morir dignamente para poder vivir. Esa es la lucha de Ana Estrada: decidir sobre su final, ser dueña de él, para ser libre, pues una vida sin libertad no es vida. Después de casi un año, se realizó la audiencia virtual en la que el 11° Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima respondería la acción de amparo presentada por la Defensoría del Pueblo (DP) para que el Estado reconozca por primera vez el derecho a una muerte digna.
Hace más de 30 años, cuando Ana tenía 12, fue diagnosticada con polimiositis, una enfermedad incurable, degenerativa y progresiva que paraliza casi todos los músculos de su cuerpo, por lo que está postrada en una cama casi todo el día.
En el 2015, el mal alcanzó sus músculos respiratorios y tras estar hospitalizada por meses, llegó a casa con una traqueotomía. Hasta ese entonces, Ana, quien es psicóloga, tenía pacientes y podía movilizarse en una silla de ruedas. ’'Yo morí aquel día que fui internada en el Rebagliati. Perdí todo lo que había construido, perdí mi vida’', señala.
Hoy, el defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, fue quien sustentó la acción de amparo. La institución demanda al Ministerio de Salud, al Ministerio de Justicia y a EsSalud. Actualmente, en nuestro país el artículo 112 del Código Penal describe el homicidio piadoso como un delito reprimido con pena privativa de libertad no mayor de 3 años. La DP busca inaplicar esta figura en el caso específico de Estrada, explica Percy Castillo, adjunto para los Derechos Humanos y Personas con Discapacidad.
Señaló que su demanda se sustenta en el reconocimiento del principio al derecho de la dignidad, tal como reza el artículo 1 de la Constitución Política del Perú. Asimismo, dice que la ’'jurisprudencia también es un valor docente’', por lo que se espera sentar un precedente.
Javier Alonso de Belaunde, especialista en Derecho Constitucional y Derechos Humanos, precisa que “se debe entender que tener dignidad implica vivir dignamente y poder definir las condiciones de una muerte para que también sea digna’'.
Recalca que con Ana Estrada el caso médico es claro y ya se sabe cómo será su futuro, en donde habría tratos que calificarían como ’'crueles’', pues empezará a depender de más máquinas invasivas que producen dolor. ’'Yo pienso que el grande reto que tiene el juez es entender bien el cuadro médico’'.
Existen distintos escenarios que podrían resultar de la audiencia. La primera es que el fallo sea a favor de Ana. Ahí, los demandados podrían allanarse a la sentencia o apelarla. Si apelan, entonces se pasaría a una segunda instancia. Y en caso de que Estrada pierda, se podría llevar el caso al Tribunal Constitucional.
Sin embargo, si durante la primera instancia los demandados acatan el fallo, se procedería a nombrar una junta médica para el caso de la paciente y definir el procedimiento médico de la eutanasia, entre otros detalles.
Percy Castillo detalla que la eutanasia en sí es una de las formas para ejercer el derecho del reconocimiento de una muerte digna. No obstante, existen diversas modalidades, entre ellas la ortotanasia, que es precisamente la que apoya el Colegio Médico.
El debate de hoy será sobre la vida y la muerte, pero también acerca de la libertad que existe para decidir. Ana Estrada espera que no le den la espalda.
El presidente del Comité de Ética del CMP, Alfredo Celis, indica que apoyan a Ana Estrada y su pedido por una muerte digna, pero en la modalidad de ortotanasia, que significa ’'atender y acompañar al paciente en este proceso final de su vida’'. Dice que así ’'no se interrumpe la vida ni se acelera o acorta, solo se acompaña y alivia el dolor, así como sufrimiento de la persona’'.