El teniente PNP Juan Carlos Castro Cuba fue sentenciado, esta vez, a pena efectiva de 4 años de cárcel por el delito de cohecho pasivo propio en agravio del Estado. El policía, ante el Ministerio Público, confesó que “por necesidad” solicitó dinero al propietario de un gimnasio que funcionaba en pleno período de emergencia sanitaria, durante un operativo desarrollado el 17 de setiembre.
El titular del Juzgado Unipersonal para Casos de Corrupción de Funcionarios de la Corte de Justicia de Arequipa, Max Vengoa Valdiglesias, sentenció a 4 años de pena efectiva al teniente Castro Cuba.
Hay que tener en cuenta que, en esta oportunidad, el teniente se acogió al beneficio de la conclusión anticipada (confesión del delito ante el juez) para acceder a la reducción de la posible condena. En medio de dicho contexto, la fiscal anticorrupción Marita Cueva solicitó 4 años de cárcel contra el agente de la Policía Nacional, con lo que dejó a criterio del juez si convertía la pena a jornadas de trabajo.
El magistrado Vengoa Valdeiglesias no aceptó la conversión de la condena a prestación de servicios comunitarios. El juez consideró que el oficial de la Policía, no sólo vulneró el cumplimiento de una de sus funciones sino que lo hizo en medio de una emergencia sanitaria, lo cual suponía un riesgo para la población al permitir la evasión de las disposiciones prohibitivas y de control.
Durante la audiencia de juicio oral de proceso inmediato, el juez sostuvo que “la conducta del sentenciado no es razonable por cuanto tiene un nivel de instrucción alto”, tenía pleno conocimiento del ilícito que cometía y cuenta con un empleo que lo desvincula de cualquier estado de vulnerabilidad. Esto debido a que el policía señaló que solicitó el dinero “por necesidad”.
A esto hay que sumarle que Castro Cuba deberá pagar una reparación civil de 8.500 soles a favor del Estado y quedará inhabilitado por el plazo de 10 años para el ejercicio de cualquier cargo público. Las órdenes de captura inmediatas fueron dictadas para su reclusión en el penal de Socabaya de Arequipa.
Sobre este caso, el último 9 de octubre se desarrolló un proceso de terminación anticipada, a través del cual el procesado confesó el delito ante el Ministerio Público en busca de reducir su condena. En aquella oportunidad, la fiscal Marita Cueva solicitó como sentencia 208 jornadas de prestación de servicios comunitarios. De ese modo, el policía quedaría libre.
El requerimiento fue rechazado por el titular del Juzgado de Investigación Preparatoria, José Málaga Pérez, al considerar que el delito de cohecho pasivo propio es un acto “de grave afectación a la sociedad”. Debido a que el magistrado no aceptó la propuesta, el caso pasó a juzgamiento inmediato.